Una juez en materia administrativa de la Ciudad de México, admitió a trámite el primer juicio de amparo contra las reformas con las que se amplía dos años la gestión del ministro Arturo Zaldívar, como presidente de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN).
El recurso judicial fue interpuesto el 17 de junio y fue el pasado lunes que la juez Laura Gutiérrez de Velasco Romo, titular del Juzgado Séptimo de Distrito en materia Administrativa, la admitió a trámite.
La impartidora de justicia no hizo público el nombre de la persona que tramitó el amparo en contra de la incorporación del artículo décimo tercero transitorio a la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación los artículos 1, 17, 40, 49, 94 párrafo décimo segundo, 97, 100 párrafo quinto, 133 y 135 de la Constitución Federal.
La llamada “Ley Zaldívar”, fue publicada en el Diario Oficial de la Federación (DOF), el pasado 7 de junio con los cambios a la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación, que incluye el Artículo Décimo Tercero Transitorio, donde se establece la ampliación de mandato hasta 2024 del presidente ministro de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, Arturo Zaldívar.
El artículo transitorio señala que el actual presidente de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, Arturo Zaldívar Lelo de Larrea, y diversos integrantes del Consejo de la Judicatura Federal, prorroguen sus cargos.
Tras la polémica, el presidente de la corte presentó una solicitud de “consulta extraordinaria” para que el Pleno decida a la brevedad si procede o no la prolongación de su periodo en el cargo por dos años más.
De igual forma senadores de oposición presentaron una acción de inconstitucionalidad que fue turnada al ministro Fernando Franco González Salas, que resolverá si admite a trámite el medio de control constitucional.
A esto se suma que el viernes pasado, el Juzgado Décimo Segundo de Distrito en el estado de Chihuahua, desechó por improcedente un amparo que también demandaba declarar inconstitucional la ampliación del cargo del ministro Zaldívar al frente de la Corte y del CJF.
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Esto bajo el argumento que el demandante no pertenecía al grupo de personas al que está dirigida la reforma, es decir, a los integrantes de la Suprema Corte y del Poder Judicial de la Federación, por lo que al otorgar el amparo, este no tendría ningún beneficio directo.
La audiencia constitucional para definir si concede o el amparo fue programado para el próximo 4 de julio.
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