La Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH) emitió una recomendación al Secretario de Marina, Vidal Francisco Soberón Sanz, y al Fiscal General del estado de Guerrero, Jorge Zuriel de los Santos Barrila, por el caso de un joven que se encontraba en las inmediaciones de la Costera Miguel Alemán, en Acapulco, cuando fue herido por un proyectil de arma de fuego en una persecución realizada por efectivos navales para detener a un probable delincuente.
Señala que la víctima era ajena a los hechos, que no fueron adecuadamente investigados por la Fiscalía estatal y, como consecuencia del disparo de arma de fuego que recibió, padece una paraplejia permanente e irreversible.
El organismo nacional refiere que tras el análisis de las pruebas se encontró evidencia suficiente para acreditar violaciones a los derechos humanos a la integridad personal, seguridad jurídica y afectación al proyecto de vida de la víctima, atribuibles a la SEMAR, así como al acceso a la justicia en su modalidad de procuración y a la verdad, atribuibles a personal de la Fiscalía General del estado de Guerrero.
En su queja, la madre de la víctima, señala que su hijo de 21 años de edad, estaba en compañía de su novia y un amigo en un puesto de comida cercano a la glorieta de la Diana Cazadora, cuando vieron que un individuo, que después se supo era un elemento naval, perseguía a un sujeto que corría hacia la playa, con el propósito de aprehenderlo, al tiempo que el joven sintió su “cuerpo caliente y sus piernas acalambradas”, y comenzó a sangrar, por lo que fue trasladado a un hospital.
El joven fue intervenido quirúrgicamente en dos ocasiones para extraerle el riñón izquierdo y el bazo, además, presentó afectaciones en la segunda vértebra lumbar y perdió la movilidad de sus miembros inferiores. Actualmente sufre de intensos dolores y calambres que, según lo referido por personal de salud, padecerá de forma permanente e irreversible.
En su defensa, la Semar señaló que esas lesiones fueron ocasionadas por el arma de fuego que portaba el probable delincuente, los análisis de química forense que se practicaron a esa persona no revelaron elementos de plomo y bario, productos característicos de la deflagración de la pólvora, y los testigos refirieron que iba desarmado y que quienes realizaron los disparos fueron los persecutores.
La CNDH acreditó que el uso de la fuerza por el personal de la SEMAR no fue acorde con los principios de legalidad, necesidad, oportunidad, proporcionalidad y racionalidad, ya que el sujeto perseguido estaba desarmado y no representaba amenaza o peligro real para su integridad física o su vida.