/ miércoles 23 de agosto de 2017

Condenan a 37 años de prisión a Félix Gallardo por homicidio de Enrique Camarena

"El Jefe de Jefes", líder del cártel de Guadalajara, fue detenido en 1989

Luego de 28 años de estar en prisión, un juez federal sentenció al líder del cártel de Guadalajara "El Jefe de Jefes", Miguel Angel Félix Gallardo, a 37 años de prisión y al pago de 20 millones 810 mil pesos por reparación del daño, por el homicidio del agente de la DEA Enrique Camarena y de un piloto de nacionalidad mexicana.

El Consejo de la Judicaturas Federal informó que el Juzgado Cuarto de Distrito de Procesos Penales Federales en el Estado de Jalisco, declaró penalmente responsable al líder del llamado cártel de Guadalajara, por la comisión del delito de homicidio calificado, con premeditación y ventaja.

Asimismo, en forma solidaria y mancomunada con los anteriores sentenciados por los mismos hechos, se fijó como reparación integral del daño 20 millones 810 mil, cuatro pesos, con 80 centavos, en moneda nacional, los cuales deberán ser asignados a las víctimas indirectas de las personas privadas de la vida.

El juzgador, estableció que para la condena pecuniaria de Gallardo, se tomaron en cuenta los artículos 20, apartado “C” de la Constitución, 63.1 de la Convención Americana sobre los Derechos Humanos; de la Declaración sobre los Principios Fundamentales de Justicia para las Víctimas de Delitos y del Abuso de Poder; 30, del Código Penal Federal; 399, del Código Federal de Procedimientos Penales y diversas tesis de la Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación.

Así como la ejecutoria dictada el 26 de febrero de 2014, en el amparo directo 30/2013, también por la Primera Sala; y los criterios asumidos por la Corte Interamericana de Derechos Humanos; en los casos Radilla Pacheco vs. Estados Unidos Mexicanos; Baldeón García vs. Perú; Comunidad Indígena Sawhoyamaxa vs. Paraguay, y Luna López vs. Honduras.

Finalmente, dictó sentencia absolutoria de la parte que se le formuló por el delito de Contra la Salud, en su modalidad de posesión de cocaína con fines de comercializarla mediante su venta, tipificado y castigado en el artículo 195, en relación con el diverso 193, del Código Penal Federal.

Es de recordar que el 7 de febrero de 1985 el agente de la DEA, Enrique Camarena y el piloto aviador fueron privados de su libertad en la zona céntrica de Guadalajara, Jalisco, y posteriormente privados de la vida por órdenes del ahora sentenciado y otros.

Luego de 28 años de estar en prisión, un juez federal sentenció al líder del cártel de Guadalajara "El Jefe de Jefes", Miguel Angel Félix Gallardo, a 37 años de prisión y al pago de 20 millones 810 mil pesos por reparación del daño, por el homicidio del agente de la DEA Enrique Camarena y de un piloto de nacionalidad mexicana.

El Consejo de la Judicaturas Federal informó que el Juzgado Cuarto de Distrito de Procesos Penales Federales en el Estado de Jalisco, declaró penalmente responsable al líder del llamado cártel de Guadalajara, por la comisión del delito de homicidio calificado, con premeditación y ventaja.

Asimismo, en forma solidaria y mancomunada con los anteriores sentenciados por los mismos hechos, se fijó como reparación integral del daño 20 millones 810 mil, cuatro pesos, con 80 centavos, en moneda nacional, los cuales deberán ser asignados a las víctimas indirectas de las personas privadas de la vida.

El juzgador, estableció que para la condena pecuniaria de Gallardo, se tomaron en cuenta los artículos 20, apartado “C” de la Constitución, 63.1 de la Convención Americana sobre los Derechos Humanos; de la Declaración sobre los Principios Fundamentales de Justicia para las Víctimas de Delitos y del Abuso de Poder; 30, del Código Penal Federal; 399, del Código Federal de Procedimientos Penales y diversas tesis de la Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación.

Así como la ejecutoria dictada el 26 de febrero de 2014, en el amparo directo 30/2013, también por la Primera Sala; y los criterios asumidos por la Corte Interamericana de Derechos Humanos; en los casos Radilla Pacheco vs. Estados Unidos Mexicanos; Baldeón García vs. Perú; Comunidad Indígena Sawhoyamaxa vs. Paraguay, y Luna López vs. Honduras.

Finalmente, dictó sentencia absolutoria de la parte que se le formuló por el delito de Contra la Salud, en su modalidad de posesión de cocaína con fines de comercializarla mediante su venta, tipificado y castigado en el artículo 195, en relación con el diverso 193, del Código Penal Federal.

Es de recordar que el 7 de febrero de 1985 el agente de la DEA, Enrique Camarena y el piloto aviador fueron privados de su libertad en la zona céntrica de Guadalajara, Jalisco, y posteriormente privados de la vida por órdenes del ahora sentenciado y otros.

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