Con 10 votos a favor, Suprema Corte de Justicia de la Nación determinó desechar el proyecto del ministro Alberto Pérez Dayán, con el que buscaba resolver de fondo los amparos de Laura Morán, expareja de Federico Gertz Manero y de su hija, Alejandra Cuevas, acusadas de causar la muerte de Federico Gertz, hermano del fiscal general de la República, Alejandro Gertz Manero.
Excepto el voto del ministro Alberto Pérez Dayán, el resto de los integrantes del Pleno de la Suprema Corte votaron en contra, con el propósito de que se revise y se haga otro proyecto de fondo, pues cada uno tuvo observaciones que determinaron necesaria su revisión.
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Arturo Zaldivar, presidente de la Corte mencionó que el proyecto se returnará a una ministra o ministro de la mayoría que optaron por la atracción del proyecto, por lo que será determinaron de la Corte dictar una resolución que analice el fondo del asunto.
Asimismo, dijo que cinco de los integrantes del Pleno ya adelantaron el sentido del mismo de lo que será su voto, otros no nos hemos pronunciado, no porque estemos en contra del sentido que se ha manejado aquí, porque creemos que hace falta un proyecto donde se analice estos aspectos, pues no es una cuestión de tiempo es una cuestión de que por la propia técnica del proyecto no estaban estos aspectos analizados.
En tanto, Laura Moran y a Alejandra Cuevas, tendrán que esperar el nuevo proyecto de los ministros de la Corte, su análisis y resolución, para determinar si proceden sus amparos, ante la aparente injusticia de la que han sido víctimas por parte del Fiscal General de la República, Alejandro Gertz Manero, pues aseguran que las pruebas de defensas que ofrecieron al Ministerio Público y al juez de la causa, serían determinantes para su liberación.
Los 11 ministros de la Suprema Corte de Justicia de la Nación que votaron en contra, Arturo Zaldivar, Loretta Ortiz Ahlf, Javier Laynez Potisek, Ana Margarita Ríos Farjat, Alfredo Gutiérrez Ortiz Mena, Jasmín Esquivel Mossa, Luis María Aguilar Morales, José Mario Pardo Rebolledo, Juan Luis González Alcántara Carrancá, y Norma Lucía Piña Hernández, se pronunciaron por un nuevo proyecto que será encargado a otro ministro o posiblemente también podría regresar a Alberto Pérez Dayán, el promotor.
Previo al inicio de la sesión, la familia difundió un video en redes sociales, en el que la excuñada del funcionario pidió resolver con forme a derecho y a la verdad, “no estamos pidiendo una cosa mal, no estamos pidiendo una cosa injusta, estamos pidiendo la verdad”, dijo la mujer de 94 años de edad. Mi caso no me importa, soy una vieja, ruca, a mí la que me importa es mi nena”, expresó.
Cabe recordar que el fiscal General de la República, Alejandro Gertz, en el año 2015, señaló que la concubina de su hermano y la hija dejaron de dar los cuidados a Federico Gertz, lo que llevó al deterioro de su vida y con ello provocó su muerte.
Asimismo, las investigaciones fueron desestimadas en 2016 por el Ministerio Público local, pero en 2019, Alejandro Gertz ya siendo titular de la Fiscalía General de la República, consiguió que la Fiscalía General de Justicia de la Ciudad de México ordenes de aprehensión contra las acusadas.
Y en octubre de 2020 fue ejecutada la orden de aprehensión contra Alejandra Cuevas, a quien se le dictó auto de formal prisión y desde entonces permanece en el penal de Santa Martha Acatitla, mientras que la orden de captura contra su mamá todavía no ha sido concretada, por cuestión de edad de la mujer, por lo que esperaban que la Corte determine si es legal su emisión.
Pérez Dayán argumenta que el ministerio público y el juez de la causa, no valoraron debidamente las declaraciones y testimonios rendidos en la averiguación previa por ambas mujeres, así como las recetas, prescripciones y notas médicas que exhibieron para demostrar que no descuidaron a Federico Gertz.
“Los elementos, cuya valoración fue omitida por la responsable se dirigen a demostrar que no se configuró la ausencia de alguna acción debida y, por tanto, que la probable responsabilidad no quedó acreditada, lo que pone de manifiesto la relevancia de que exista un pronunciamiento específico al respecto, ya sea para desestimarlo o para validarlo, como justificación para el libramiento de una orden de aprehensión”, refiere el ministro.
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“El pronunciamiento contenido en la orden reclamada no se basa en el estudio completo y contrastado de todos los elementos probatorios aportados y referidos por la defensa de la indiciada durante la averiguación, lo que basta para concluir que su justipreciación es incompleta y tal decisión viola el artículo 16 de la Ley Fundamental”, argumentó.
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