/ jueves 6 de mayo de 2021

Exgobernador de Chihuahua podría recuperar propiedades incautadas

Ministros de la Suprema Corte de Justicia de la Nación invalidaron diversos preceptos de la Ley para la administración y destino de bienes relacionados con hechos delictivos para el estado de Chihuahua

Ministros de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) invalidaron diversos preceptos de la Ley para la administración y destino de bienes relacionados con hechos delictivos para el estado de Chihuahua, al considerar que el Congreso del Estado carece de facultades en materia de extinción de dominio.

La resolución de la Corte abre la posibilidad para que, por la vía del amparo, el exgobernador de esa entidad, César N, pueda recuperar los 21 ranchos valuados en más de 500 millones de pesos que el gobierno de la entidad le aseguro al exmandatario estatal.

En sesión de este jueves, el pleno de la Corte invalidó los artículos 2, 36, 37; 39, 40, 41, 42 y 43 de la Ley para la Administración y Destino de Bienes Relacionados con Hechos Delictivos para el Estado de Chihuahua.

Dichos preceptos fueron impugnados por la Comisión Nacional de Derechos Humanos (CNDH), donde el Congreso local incorporó los conceptos de disposición anticipada, fondo de reserva, monetización y venta anticipada.

El congreso local reguló cuestiones relativas a la administración y transferencia de bienes, los supuestos de procedencia de la venta anticipada, los mecanismos para la disposición o venta de los bienes que son objeto de la acción, la disposición de las tierras ejidales o comunales, el reconocimiento de la calidad de víctima u ofendido, las cuestiones que debe precisar el juez en las sentencias y resoluciones y la forma en que se cubrirán los gastos generados durante el procedimiento.

El proyecto del ministro Javier Laynez Potisek está basado en el hecho que el congreso de Chihuahua invadió facultades exclusivas de la Federación, pues desde el 14 de marzo de 2019 se promulgó la Ley Nacional de Extinción de Dominio, y el 22 de febrero de 2020 el legislativo estatal sacó su propia ley, la cual versa esencialmente sobre el mismo tema.

Pese a que la Corte invalidó los artículos de la ley estatal, no definió si los efectos de su resolución serán retroactivos, es decir, que por orden del máximo tribunal se anularían todos los actos de aplicación de la norma.

Pese a eso, el fallo del máximo tribunal permite que todos los actos de aplicación de la ley estatal ahora invalidada puedan ser combatidos por vía de amparo.

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En julio de 2020, el consejero jurídico del gobierno de Chihuahua, Jorge Espinosa Cortés, informó que varios bienes asegurados al exgobernador, entre ellos ganado e inmuebles, con valor de más de 500 millones de pesos, serían puestos a subasta.

Se incluyen 21 ranchos con una extensión en conjunto de 2 mil 344 hectáreas, donde había 450 pies de cría importados de Nueva Zelanda, además de especies exóticas como bisontes, llamas y jabalíes.

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Ministros de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) invalidaron diversos preceptos de la Ley para la administración y destino de bienes relacionados con hechos delictivos para el estado de Chihuahua, al considerar que el Congreso del Estado carece de facultades en materia de extinción de dominio.

La resolución de la Corte abre la posibilidad para que, por la vía del amparo, el exgobernador de esa entidad, César N, pueda recuperar los 21 ranchos valuados en más de 500 millones de pesos que el gobierno de la entidad le aseguro al exmandatario estatal.

En sesión de este jueves, el pleno de la Corte invalidó los artículos 2, 36, 37; 39, 40, 41, 42 y 43 de la Ley para la Administración y Destino de Bienes Relacionados con Hechos Delictivos para el Estado de Chihuahua.

Dichos preceptos fueron impugnados por la Comisión Nacional de Derechos Humanos (CNDH), donde el Congreso local incorporó los conceptos de disposición anticipada, fondo de reserva, monetización y venta anticipada.

El congreso local reguló cuestiones relativas a la administración y transferencia de bienes, los supuestos de procedencia de la venta anticipada, los mecanismos para la disposición o venta de los bienes que son objeto de la acción, la disposición de las tierras ejidales o comunales, el reconocimiento de la calidad de víctima u ofendido, las cuestiones que debe precisar el juez en las sentencias y resoluciones y la forma en que se cubrirán los gastos generados durante el procedimiento.

El proyecto del ministro Javier Laynez Potisek está basado en el hecho que el congreso de Chihuahua invadió facultades exclusivas de la Federación, pues desde el 14 de marzo de 2019 se promulgó la Ley Nacional de Extinción de Dominio, y el 22 de febrero de 2020 el legislativo estatal sacó su propia ley, la cual versa esencialmente sobre el mismo tema.

Pese a que la Corte invalidó los artículos de la ley estatal, no definió si los efectos de su resolución serán retroactivos, es decir, que por orden del máximo tribunal se anularían todos los actos de aplicación de la norma.

Pese a eso, el fallo del máximo tribunal permite que todos los actos de aplicación de la ley estatal ahora invalidada puedan ser combatidos por vía de amparo.

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En julio de 2020, el consejero jurídico del gobierno de Chihuahua, Jorge Espinosa Cortés, informó que varios bienes asegurados al exgobernador, entre ellos ganado e inmuebles, con valor de más de 500 millones de pesos, serían puestos a subasta.

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