Oscar Guerra Ford, comisionado del Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales (Inai) indicó que el documento que la Fiscalía General de la República (FGR) publicó en su página web sobre el caso general en retiro Salvador Cienfuegos Zepeda no cumple con los procedimientos que marca la ley.
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Al participar en el foro Instituciones Autónomas de México, el comisionado indicó que sin bien la Fiscalía publicó el documento “en el buen sentido para publicitar cómo habían llegado a la conclusión del no ejercicio de la acción penal”, explicó que este debió pasar por su Comité de Transparencia para “fundar y motivar cada una de las partes: en qué artículo, a qué se refiere a lo que se está testando y hacer la prueba de daño”, subrayó.
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Ahora, explicó que lo que se requiere es algún ciudadano solicite por el derecho de acceso a la información dicho documento para que al momento de recibirlo se pueda meter un recurso de revisión mediante el cual el Inai podrá pedirle por ley a la Fiscalía el documento íntegro sin testar, y bajo el principio de máxima confidencialidad, corroborar que se cumplió con la ley en términos de presunción de inocencia, debido proceso, datos personales, prestigio, etc.
“Casi estoy seguro que prontamente pasará por esa línea, estará en el Pleno la revisión de esa versión pública”, competencia del Inai, aseguró.
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Respecto al documento entregado por la DEA a la Secretaría de Relaciones Exteriores en el mismo caso, mismo que el presidente Andrés Manuel López Obrador ordenó publicar, Guerra Ford indicó que la única manera en la que puede intervenir el Inai es si alguna persona considera que fue invadida de su privacidad o violada su presunción de inocencia.
“Yo, de lo que he revisado, pues veo que hay teléfonos, pero no hay datos personales. Hay algunas fotografías pero son públicas desde antes y muchas están en la prensa como tal”, especificó.
Aunque sí reconoció que lo que el gobierno pudo haber hecho, aunque lo hicieron de manera informal, fue hacer una prueba de interés público para argumentar por qué dicha información forma parte del interés público, mismo que se ubica por encima de los datos personales.