/ miércoles 9 de septiembre de 2020

Suprema Corte da luz verde a auditorías al Infonavit

Las aportaciones de seguridad social no quedan ajenas a la fiscalización de la Auditoría Superior de la Federación

La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) concluyó este miércoles que la Auditoría Superior de la Federación (ASF) sí tiene facultades para supervisar al Infonavit, luego de que un juez amparara al Instituto contra una orden de auditoría de gestión financiera.

A propuesta de la ministra Yasmín Esquivel, la Segunda Sala del máximo tribunal señaló que aunque el Infonavit cuenta con un sistema de auditoría interno, no por ello queda excluido de ser auditado o fiscalizado por la ASF, precisamente por tener un origen y finalidad constitucional, pero además atendiendo a la naturaleza de los recursos que administra.

"La Auditoría Superior de la Federación sí tiene facultades para fiscalizar o auditar al Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores, a fin de comprobar el cumplimiento de los programas federales y el debido ejercicio de su patrimonio, por tener constitucional y legalmente una función social específica orientada en el ejercicio de los derechos de seguridad social, y a la vivienda", señaló la SCJN.

Esquivel Mossa explicó que las aportaciones de seguridad social no quedan ajenas a la fiscalización de la Auditoría Superior de la Federación, ya que en la medida en que su cobro se realiza mediante el ejercicio de la facultad económico coactiva del Instituto, éste sí debe responder y cumplir con que se integren debidamente a las subcuentas correspondientes.

“Al tratarse de recursos destinados a la seguridad social con un destino específico constitucional y legal, independientemente de que sean propiedad de los trabajadores, mientras el Infonavit administra dichas subcuentas de vivienda necesariamente deben ser fiscalizados y verificados por parte del Estado a fin de evaluar que se cumpla con su finalidad, o sea se conduzcan adecuadamente y, además, se cumplan con los programas federales relacionados con dicho tópico (crédito a la vivienda).”, se sostuvo.

Otros de los argumentos que destacó la Corte fue que "la propiedad indisponible de los recursos económicos para proporcionar vivienda digna a los trabajadores que son administrados por el Infonavit, justifica en mayor medida la diversidad de controles que verifiquen el correcto desempeño y eficacia de la gestión financiera del fondo creado tal fin".

La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) concluyó este miércoles que la Auditoría Superior de la Federación (ASF) sí tiene facultades para supervisar al Infonavit, luego de que un juez amparara al Instituto contra una orden de auditoría de gestión financiera.

A propuesta de la ministra Yasmín Esquivel, la Segunda Sala del máximo tribunal señaló que aunque el Infonavit cuenta con un sistema de auditoría interno, no por ello queda excluido de ser auditado o fiscalizado por la ASF, precisamente por tener un origen y finalidad constitucional, pero además atendiendo a la naturaleza de los recursos que administra.

"La Auditoría Superior de la Federación sí tiene facultades para fiscalizar o auditar al Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores, a fin de comprobar el cumplimiento de los programas federales y el debido ejercicio de su patrimonio, por tener constitucional y legalmente una función social específica orientada en el ejercicio de los derechos de seguridad social, y a la vivienda", señaló la SCJN.

Esquivel Mossa explicó que las aportaciones de seguridad social no quedan ajenas a la fiscalización de la Auditoría Superior de la Federación, ya que en la medida en que su cobro se realiza mediante el ejercicio de la facultad económico coactiva del Instituto, éste sí debe responder y cumplir con que se integren debidamente a las subcuentas correspondientes.

“Al tratarse de recursos destinados a la seguridad social con un destino específico constitucional y legal, independientemente de que sean propiedad de los trabajadores, mientras el Infonavit administra dichas subcuentas de vivienda necesariamente deben ser fiscalizados y verificados por parte del Estado a fin de evaluar que se cumpla con su finalidad, o sea se conduzcan adecuadamente y, además, se cumplan con los programas federales relacionados con dicho tópico (crédito a la vivienda).”, se sostuvo.

Otros de los argumentos que destacó la Corte fue que "la propiedad indisponible de los recursos económicos para proporcionar vivienda digna a los trabajadores que son administrados por el Infonavit, justifica en mayor medida la diversidad de controles que verifiquen el correcto desempeño y eficacia de la gestión financiera del fondo creado tal fin".

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