Luego de casi dos años en prisión, el exprocurador Jesús Murillo Karam podrá continuar el proceso penal que enfrenta desde su domicilio, luego de que un juez federal le concedió la suspensión definitiva tras una demanda de amparo y dictó medidas cautelares.
Murillo Karam, quien enfrenta cargos por su supuesta participación en delitos de tortura contra un presunto criminal relacionado con la desaparición de los 43 normalistas de Ayotzinapa, en 2014, seguirá en prisión preventiva desde su domicilio y bajo medidas cautelares exigidas por la Fiscalía General de la República (FGR).
El pasado 4 de abril el Primer Tribunal Colegiado en Materia Penal de la CdMx concedió la suspensión definitiva a Jesús Murillo Karam, quien junto a sus abogados promovió un recurso de revisión para poder llevar el proceso penal en su hogar.
Una semana después, hasta este viernes 12 de abril, se celebró en el Reclusorio Sur la audiencia para ultimar los detalles bajo los cuales el exprocurador abandone la Torre Médica del penal de Tepepan en Xochimilco, donde se mantenía bajo vigilancia médica, y salga con rumbo a su hogar ubicado en Lomas de Chapultepec.
Durante la audiencia, el juez de control, Juan José Hernández Leyva, impuso siete medidas de seguridad contra Murillo Karam, entre las que se encuentran la vigilancia del domicilio del exfuncionario, la prohibición para comunicarse con la presunta víctima de tortura y testigos del caso, así como evitar salir del país. Para ello, le solicitaron entregar su pasaporte al centro de justicia y se emitió una alerta migratoria en los aeropuertos, fronteras y puertos navales.
Si bien la FGR había exigido 15 medidas de seguridad, incluida la imposición de un brazalete electrónico, el juez las consideró excesivas y únicamente impuso siete.
La solicitud de llevar el proceso penal desde su domicilio inicialmente fue negada, lo que llevó a la defensa a presentar un juicio de amparo para obtener la suspensión de la determinación y cumplir la prisión preventiva en su domicilio.
Los argumentos ofrecidos para conceder la suspensión definitiva exponen que el inculpado padece una enfermedad grave, además de que supera los 75 años de edad, lo que está contemplado como excepción en el artículo 166 del Código Nacional de Procedimientos Penales.
Asimismo, se consideró que la modificación de la medida cautelar no implica la liberación de Murillo Karam, sino un cambio del lugar de su reclusión. Aunado a ello, en la determinación se enfatiza que Murillo Karam demostró su disposición a colaborar con la justicia al permitir la ejecución de la orden de aprehensión, a pesar de tener la oportunidad de evadirla.
El exfuncionario de 76 años ha sido trasladado en múltiples ocasiones al Instituto Nacional de Cardiología para realizarse estudios médicos, y según información compartida por sus abogados, los resultados mostraron que tiene una carótida obstruida, lo cual lo pone en riesgo de un coágulo cerebral. Murillo Karam tambié padece hipertensión y enfermedad pulmonar obstructiva crónica (EPOC).
De acuerdo con la causa penal que enfrenta, el exprocurador participó en supuestos actos de tortura cometidos contra Felipe Rodríguez Salgado, El Cepillo, presunto integrante de Guerreros Unidos, grupo vinculado a la desaparición de los 43 normalistas de Ayotzinapa.
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La acusación de la FGR dice que Murillo Karam autorizó actos de tortura en las instalaciones bajo su cargo, y el expediente contiene informes médicos que señalaban 31 lesiones en el cuerpo de El Cepillo al momento de ser detenido.
En noviembre de 2023, un juez otorgó a Murillo prisión domiciliaria en lo que respecta a las acusaciones por desaparición forzada y delitos contra la administración de justicia; sin embargo, el extitular de la antigua Procuraduría General de Justicia permaneció en prisión por la investigación de tortura.