Indígenas mayas de las comunidades de Cansahcab y Suma, en Yucatán deben ser identificados y consultados para la realización del Proyecto Eólico y Fotovoltaico que la empresa BHCE busca construir en esa región, así lo determinó la Suprema Corte de Justicia de la Nación.
La Segunda Sala del máximo tribunal del país revisó este miércoles un proyecto del ministro Alberto Pérez Dayán en el que además se propuso que analizar el daño que puede ocasionarles el proyecto y los beneficios que recibirán con su ejecución.
Sin embargo, la propuesta de Pérez Dayán no obtuvo el voto mayoritario durante la sesión realizada por videoconferencia, por lo que únicamente el amparo tienen el efecto de identificar a las comunidades que serán consultadas.
De esta forma, los ministros pusieron fin a un litigio iniciado el 31 de octubre de 2016 en contra del proyecto que los pobladores mayas aseguran que violenta el derecho al medio ambiente adecuado, la salud, propiedad, patrimonio, recursos existentes así como la cultura de la comunidad.
En el juicio se impugnó la resolución de la Secretaría de Energía (Sener) para aprobar la evaluación de impacto social de dicho proyecto, documento que los quejosos sólo pudieron obtener luego de tramitar una solicitud de información pública.
También en la Corte los indígenas mayas apelaron el oficio mediante el cual se dio por presentada la evaluación de impacto ambiental, pese a no cumplir con el derecho a consulta previa. Se argumentó que las turbinas eólicas, que giran hasta a 400 kilómetros por hora, provocan la muerte de aves e insectos de la fauna local, además de que las fugas del aceite de esos equipos contaminan la tierra de forma permanente.
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