El Juez de Distrito denegó esta tarde a Mario Marín, exgobernador de Puebla, el arraigo domiciliario solicitado por la defensa bajo el argumento del contagio por Covid-19 al que estaría expuesto el acusado en la cárcel de Cancún, tomando en cuenta la vulnerabilidad por su edad, además de tener dolencias en los riñones.
La abogada de Lydia Cacho, Aracely Andrade, informó que pidió el rechazo a esta petición, dado que el acusado tiene suficientes recursos para escapar de la justicia, recordando que se trata de una persona que se mantuvo en calidad de prófugo durante varios años, lo cual fue concedido por el juez.
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Precisó que durante la declaración preparatoria, la defensa solicitó la ampliación de tres a seis días para la presentación de pruebas que contempla la ley, a fin de que el juez determine si existen o no elementos suficientes para dictarle auto de formal prisión o dejarlo en libertad.
Señaló de esta manera, será hasta la noche del miércoles de la próxima semana cuando se determinará la situación jurídica del ex mandatario capturado el 3 de febrero en Acapulco, Guerrero y trasladado a Cancún, donde tenía orden de aprehensión desde hace dos años.
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La abogada informó que solicitará a la autoridad judicial una pena de hasta 12 años de cárcel para Mario Marín, aunque reconoció que a dos de los 10 implicados en el mismo caso se les ha sentenciado por seis años, uno de los cuales incluso ya purgó su condena y recuperó su libertad.
Dio a conocer que el juicio de Marín se lleva a cabo de la manera tradicional o a la antigua.
Consideró que existen las suficientes pruebas para que dictar auto de formal prisión al ex gobernador de Puebla como son: Dictámenes psicológicos, testigos -dice ser una de ellas, ya que fue detrás de Lydia Cacho al ser capturada-, videos, análisis de contexto, entre otras.
Aseguró que en caso de dictarle auto de formal prisión, Mario Marín no alcanza fianza, al tratase de un delito grave.
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Finalmente estableció que de ahora y hasta el miércoles de la próxima semana sólo se llevarán a cabo algunas diligencias documentales, en los que al parecer no se requerirá la presencia del acusado, a menos que así se solicite.