/ miércoles 24 de agosto de 2022

Sin prisión preventiva, jueces se expondrían a corrupción y violencia: señala Gobierno federal a SCJN

La Segob y la Consejería Jurídica de la Presidencia hicieron un llamado a los ministros para que no eliminen esta figura jurídica

La Secretaría de Gobernación (Segob) y la Consejería Jurídica de la Presidencia hicieron un llamado para que los ministros de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) no eliminen la figura de la prisión preventiva de oficio, pues desde su punto de vista en “fundamental” en la procuración de justicia en algunos delitos.

Frente al debate sobre la supresión o no de esta medida cautelar, los titulares de la Segob y de la Consejería Jurídica, Adán Augusto López Hernández y María Estela Ríos González, respectivamente, advirtieron a la Corte que dejar su aplicación en manos de los jueces podría generar una presión hacia ellos, exponiéndolos a la corrupción y a la violencia.

“Pedimos al máximo tribunal del país que, al momento de resolver los asuntos mencionados, considere la seguridad pública del país, a las víctimas de los delitos, el combate a la impunidad y el enorme esfuerzo que implica la persecución criminal donde participan fuerzas federales y estatales, así como las fiscalías locales y la Fiscalía General de la República (FGR), y que, en consecuencia, prevalezca la prisión preventiva oficiosa, tal como lo establece nuestra ley fundamental”.

Lo anterior, luego de que ayer el ministro Luis María Aguilar presentó un proyecto para anular la prisión preventiva de oficio o automática, al considerar que esta medida es violatoria de derechos humanos previstos en tratados internacionales.

A día de hoy, son 16 delitos los que ameritan dicha medida cautelar de acuerdo con la Constitución, abuso o violencia sexual contra menores, delincuencia organizada, homicidio doloso, feminicidio, violación, secuestro, trata de personas, robo de casa habitación, uso de programas sociales con fines electorales y corrupción, entre otros.

No obstante, López Hernández y Ríos González argumentaron que la existencia de la prisión preventiva oficiosa es “fundamental” en la atención de algunos de los delitos mencionados, pues evita que los presuntos responsables logren huir de las autoridades, atenten contra la seguridad de las víctimas o testigos, o sigan cometiendo ilícitos.

Recordaron que en muchas ocasiones la detención de los presuntos responsables implica un gran esfuerzo del Estado en recursos, inteligencia y despliegue de elementos, por lo que pidieron a los ministros tomar en cuenta estos argumentos para de cara al debate que se sostendrá en los próximos días.



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La Secretaría de Gobernación (Segob) y la Consejería Jurídica de la Presidencia hicieron un llamado para que los ministros de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) no eliminen la figura de la prisión preventiva de oficio, pues desde su punto de vista en “fundamental” en la procuración de justicia en algunos delitos.

Frente al debate sobre la supresión o no de esta medida cautelar, los titulares de la Segob y de la Consejería Jurídica, Adán Augusto López Hernández y María Estela Ríos González, respectivamente, advirtieron a la Corte que dejar su aplicación en manos de los jueces podría generar una presión hacia ellos, exponiéndolos a la corrupción y a la violencia.

“Pedimos al máximo tribunal del país que, al momento de resolver los asuntos mencionados, considere la seguridad pública del país, a las víctimas de los delitos, el combate a la impunidad y el enorme esfuerzo que implica la persecución criminal donde participan fuerzas federales y estatales, así como las fiscalías locales y la Fiscalía General de la República (FGR), y que, en consecuencia, prevalezca la prisión preventiva oficiosa, tal como lo establece nuestra ley fundamental”.

Lo anterior, luego de que ayer el ministro Luis María Aguilar presentó un proyecto para anular la prisión preventiva de oficio o automática, al considerar que esta medida es violatoria de derechos humanos previstos en tratados internacionales.

A día de hoy, son 16 delitos los que ameritan dicha medida cautelar de acuerdo con la Constitución, abuso o violencia sexual contra menores, delincuencia organizada, homicidio doloso, feminicidio, violación, secuestro, trata de personas, robo de casa habitación, uso de programas sociales con fines electorales y corrupción, entre otros.

No obstante, López Hernández y Ríos González argumentaron que la existencia de la prisión preventiva oficiosa es “fundamental” en la atención de algunos de los delitos mencionados, pues evita que los presuntos responsables logren huir de las autoridades, atenten contra la seguridad de las víctimas o testigos, o sigan cometiendo ilícitos.

Recordaron que en muchas ocasiones la detención de los presuntos responsables implica un gran esfuerzo del Estado en recursos, inteligencia y despliegue de elementos, por lo que pidieron a los ministros tomar en cuenta estos argumentos para de cara al debate que se sostendrá en los próximos días.



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