El presidente de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), Arturo Zaldívar Lelo de Larrea, aseguró que las prisiones del país “están repletas de gente pobre” e “inocentes a los cuales se les fabricaron delitos por medio de la tortura”, motivo por el cual, aseguró, se está trabajando en una defensoría jurídica para que haya abogadas y abogados del pueblo en todo el país.
Así lo señaló al participar en la conmemoración del “A 10 años de la reforma constitucional de derechos humanos y amparo”, donde aseguró que uno de los aspectos “más dolorosos” y en donde el país tiene una “deuda terrible” es en materia penal.
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“Por ello, hago este paréntesis, desde que llegué a la presidencia de la Corte, y ahora con la reforma judicial, impulsaremos como nunca, y lo seguiremos haciendo, la defensoría pública para que en todos los rincones del país haya abogadas y abogados del pueblo, que defiendan a la gente más desprotegida, más discriminada, más olvidada”, dijo.
¿Cuál es el siguiente paso en la evolución de la jurisprudencia mexicana?, se cuestionó. A mi juicio acabar con la pobreza, y disminuir la brecha de desigualdad que nos separa, es una responsabilidad impostergable del Estado mexicano, dijo.
“Como Tribunal constitucional estamos llamados a convertirnos en un factor decisivo de cambio social y construir una jurisprudencia encaminada a la satisfacción de las necesidades materiales básicas de las personas, particularmente de quienes menos tienen y permanecen en un olvido intolerable”, aseveró.
Por esta razón, resaltó que, a una década de la reforma en materia de derechos humanos, el Poder Judicial de la Federación (PJF) arrancó una “nueva etapa de la justicia constitucional con una reforma histórica, la más trascendente en los últimos 25 años, que le permitirá liberar el potencial transformador de la jurisprudencia”.
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En materia de derechos humanos en el ámbito penal, resaltó que desde la Suprema Corte se haya generado una extensa doctrina sobre los supuestos constitucionales en los que se pueden detener válidamente a una persona, precisando los estándares para detección en casos de flagrancia, caso urgente y en arraigo.
“Por el arraigo debo decir que ya se discutió en una ocasión en el Pleno su constitucionalidad a la luz del texto actual de la Constitución y por una mayoría reducida se consideró que el arraigo es constitucional. Yo desde entonces voté que es inconstitucional porque es contrario al bloque de derechos”, especificó.
Finalmente, resaltó que la Corte ha establecido implicaciones específicas para la presunción de inocencia. Estas son referentes a las exigencias del derecho a la defensa, el debido proceso, la asistencia consular, el derecho a poner inmediatamente a los detenidos a disposición del Ministerio Público, la prohibición de tortura, el derecho a la no autoincriminación y el derecho a interrogar a los testigos de cargo.