El Primer Tribunal Colegiado de Quintana Roo revocó la sentencia por 112 años de prisión dictada contra Jean Succar Kuri por pederastia, debido a que consideró que existieron vicios en su proceso penal. Pese a ello no saldrá libre.
El colegiado ordenó emitir una nueva resolución en el que se tenga por demostrado el delito de pornografía infantil y abuso sexual cometido en contra de siete menores, como lo son circunstancias de tiempo, lugar y ejecución de la agresión cometida por Succar Kuri entre el 5 de noviembre de 2000 a noviembre de 2003.
Los magistrados ordenaron al Tribunal Unitario revisar la sentencia y emitir una nueva, además de que deberá argumentar por qué acumuló las penas de cada una de las víctimas, en lo que se conoce como concurso real de delitos.
La magistrada Laura Granados Guerreros explicó que, en la sentencia del 21 de julio de 2016, el Tribunal Unitario aseveró que Succar Kuri cometió diversas acciones de una misma naturaleza contra cada uno de los ofendidos.
Sin embargo, señala que omitió precisar las circunstancias de tiempo, lugar y ejecución de la agresión cometida por Succar Kuri contra los agraviados en forma individual, en el periodo comprendido del 5 de enero de 2000 al mes de noviembre de 2003.
Con esta resolución se podría modificar la pena impuesta a Succar Kuri, sin que pueda empeorarse, en un lapso no mayor de 30 días hábiles, además de que el delito de corrupción de menores deberá ser analizado por el fuero local de Quintana Roo, y no bajo el Código Penal Federal, como se hizo.
Es de recordar que el 5 de febrero de 2004, Succar Kuri fue detenido en Arizona, Estados Unidos, y extraditado a México en 2006, donde le impusieron una pena de 16 años por cada uno de los 7 menores a los que grabó y exhibió en internet, con lo que acumuló 112 años de prisión.