/ miércoles 17 de agosto de 2022

SCJN tira orden de aprehensión contra gobernador de Tamaulipas

Francisco Javier García Cabeza de Vaca estaba acusado de los presuntos delitos de delincuencia organizada y lavado de dinero

La Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) invalidó la orden de aprehensión que la Fiscalía General de la República (FGR) giró en contra de Francisco Javier García Cabeza de Vaca, gobernador de Tamaulipas, en una investigación abierta en su contra por los delitos de delincuencia organizada y recursos de procedencia ilícita.

La decisión de las y los ministros tuvo sustento en que el gobernador aún goza de fuero constitucional que lo protege de mandatos judiciales ordenados en su contra, por lo que también invalidó la declaratoria de procedencia que la Cámara de Diputados promovió para quitarle el fuero al gobernador.

De esta manera la Suprema Corte dejó un precedente para casos futuros, pues establece que los Congresos estatales no tienen la obligación de homologar las decisiones del Congreso de la Unión cuando se trata del desafuero de un gobernador, pues son ellos quienes tienen que iniciar un proceso en contra de su gobernante dado el caso.

Desde el pasado mes de junio El Sol de México dio a conocer que los proyectos de sentencia de ambos casos, elaborados por el ministro Juan Luis González Alcántara Carrancá, perfilaban dejar el fuero e invalidar la orden de aprehensión girada en contra del gobernador de Tamaulipas, debido a que ambas resoluciones de la Cámara de Diputados y la FGR violaron la Constitución, suplantando indebidamente las facultades del Congreso del estado.

Lo anterior debido a que el Congreso de Tamaulipas no validó la declaratoria de procedencia que la Cámara de Diputados dictaminó el 28 de abril del año pasado, con la que buscaban quitarle el fuero para que pudiera ser juzgado, pero debido a que no se completó el proceso de desafuero en su contra y que consiguió un amparo a su favor es que el mandatario no fue presentado ante las autoridades.

Respecto a la orden de aprehensión el proyecto estableció que tanto los fiscales como el juez que dio luz verde a la orden de aprehensión violaron el artículo 111 de la Constitución, que otorga doble protección a los funcionarios de los estados respecto al poder federal, lo que equivale a “suplantar al poder actor en la decisión última sobre la inmunidad procesal de la que goza el gobernador de Tamaulipas”.

El 18 de mayo del 2021 el juez Zeferino Hernández, del penal del Altiplano, libró la orden de captura en contra del gobernador a petición de la FGR por los delitos de lavado de dinero y delincuencia organizada.

Por ello el Congreso del estado decidió interponer dos controversias constitucionales al considerar que ambas acciones representaron una violación a la Constitución y a sus funciones y soberanía, argumentos que fueron validados por la Corte, quien concluyó que el gobernador debe gozar de fuero hasta el fin de su administración, que culminará el próximo 30 de septiembre.

La Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) invalidó la orden de aprehensión que la Fiscalía General de la República (FGR) giró en contra de Francisco Javier García Cabeza de Vaca, gobernador de Tamaulipas, en una investigación abierta en su contra por los delitos de delincuencia organizada y recursos de procedencia ilícita.

La decisión de las y los ministros tuvo sustento en que el gobernador aún goza de fuero constitucional que lo protege de mandatos judiciales ordenados en su contra, por lo que también invalidó la declaratoria de procedencia que la Cámara de Diputados promovió para quitarle el fuero al gobernador.

De esta manera la Suprema Corte dejó un precedente para casos futuros, pues establece que los Congresos estatales no tienen la obligación de homologar las decisiones del Congreso de la Unión cuando se trata del desafuero de un gobernador, pues son ellos quienes tienen que iniciar un proceso en contra de su gobernante dado el caso.

Desde el pasado mes de junio El Sol de México dio a conocer que los proyectos de sentencia de ambos casos, elaborados por el ministro Juan Luis González Alcántara Carrancá, perfilaban dejar el fuero e invalidar la orden de aprehensión girada en contra del gobernador de Tamaulipas, debido a que ambas resoluciones de la Cámara de Diputados y la FGR violaron la Constitución, suplantando indebidamente las facultades del Congreso del estado.

Lo anterior debido a que el Congreso de Tamaulipas no validó la declaratoria de procedencia que la Cámara de Diputados dictaminó el 28 de abril del año pasado, con la que buscaban quitarle el fuero para que pudiera ser juzgado, pero debido a que no se completó el proceso de desafuero en su contra y que consiguió un amparo a su favor es que el mandatario no fue presentado ante las autoridades.

Respecto a la orden de aprehensión el proyecto estableció que tanto los fiscales como el juez que dio luz verde a la orden de aprehensión violaron el artículo 111 de la Constitución, que otorga doble protección a los funcionarios de los estados respecto al poder federal, lo que equivale a “suplantar al poder actor en la decisión última sobre la inmunidad procesal de la que goza el gobernador de Tamaulipas”.

El 18 de mayo del 2021 el juez Zeferino Hernández, del penal del Altiplano, libró la orden de captura en contra del gobernador a petición de la FGR por los delitos de lavado de dinero y delincuencia organizada.

Por ello el Congreso del estado decidió interponer dos controversias constitucionales al considerar que ambas acciones representaron una violación a la Constitución y a sus funciones y soberanía, argumentos que fueron validados por la Corte, quien concluyó que el gobernador debe gozar de fuero hasta el fin de su administración, que culminará el próximo 30 de septiembre.

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