/ lunes 4 de abril de 2022

Suprema Corte elimina ley para que ex funcionarios trabajen en la inversión privada

La ley señalaba que los exburócratas, luego de ejercer su cargo en la función pública, no podían incorporarse a una empresa particular, hasta después de 10 años

La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) echó abajo el candado de 10 años —que impuso como plazo el presidente Andrés Manuel López Obrador—, para que los exfuncionarios no pudieran integrarse a trabajar en empresas de la Iniciativa Privada (IP).

Este lunes, por unanimidad de votos, el Máximo Tribunal acordó que los exfuncionarios puedan trabajar en empresas privadas tras dejar el cargo y no, como lo había establecido el presidente López Obrador que lo pudieran hacer hasta después de una década de haber ostentado un cargo público.

Te recomendamos: SCJN ordena liberar a Alejandra Cuevas por caso Gertz Manero

En 2019, el presidente López Obrador envió una iniciativa de Ley de Austeridad Republicana al Congreso federal, con la que se estableció que los ex burócratas luego de ejercer su cargo en la función pública no podrían incorporarse a una empresa particular, sino, hasta después de 10 años.

En febrero de 2019, el mandatario había advertido que iba a haber “una veda de diez años”, de acuerdo con su ley, para que “chapulines fifís” y “chapulines conservadores”, luego de terminar su desempeño no pasaran a las empresas que estaban relacionadas con su sector que desempeñaban, como ocurría en la industria energética del país.

Dicha ley planteaba la modificación del periodo de 5 a 10 años para que funcionarios del más alto nivel se pudieran incorporar en la industria privada de su sector y también modificaba la Ley General de Responsabilidades Administrativas y a la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria.


En octubre de ese mismo año, el Congreso avaló la reforma a la Ley de Austeridad Republicana con la que, además de prohibir a los funcionarios trabajar en una década en la IP, se fijaron montos a los salarios de los burócratas y se anularon bonos, estímulos, compensaciones y percepciones extraordinarias al salario asignado fuera del aprobado en el presupuesto y así, la ley entró en vigor en noviembre de 2019.

Sin embargo, en febrero de este 2022 un juez echó abajo la norma, luego que le otorgó un amparo un exfuncionario que quejó porque se le retuvo su pago, pues no había dejado pasar 10 años para trabajar en la IP.

Ante este amparo el gobierno federal se inconformó ante el Máximo Tribunal, pero se le concedió la razón al quejoso, con lo cual se dio un revés al compromiso del presidente López Obrador, quien aseguraba que con ello se iba a frenar la corrupción de ex funcionarios que, a su decir, colaboraban con información privilegiada en empresas privadas.

Arturo Zaldívar, ministro presidente de la SCJN, expuso en la sesión del Pleno de la Sala Superior, donde se aprobó echar abajo la norma impulsada por el primer mandatario y sus legisladores que su reforma no cumple el criterio de necesidad y establece un plazo demasiado largo.

Además, explicó que la reforma cubre un universo demasiado amplio ya que la prohibición consideraba a todos los servidores públicos de cargo superior y subrayó que no todos los funcionarios de alto rango tienen las mismas responsabilidades ni el mismo manejo de información, el cual les podría servir para buscar trabajo en la IP, por lo que concluyó que no se puede aplicar la misma ley para todos.

“No todos los cargos de mando superior tienen las mismas responsabilidades, ni presentan el mismo grado de riesgo de corrupción, por lo tanto, me parece que la norma es sobre inclusiva”, recalcó el ministro presdiente.

A su vez, el ministro Luis María Aguilar expuso que dicha ley genera incertidumbre legal entre los funcionarios involucrados, pues otras leyes establecen plazos menores para trabajar en la IP, por lo que recalcó que la ley: “Deja en un sentido de incertidumbre, de poca claridad jurídica, el hecho de que en esta ley se señala un periodo de 10 años como prohibición, mientras que en la Ley de Responsabilidades se señala solamente un año”, concluyó.

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Con dicho fallo, los funcionarios que se inconformen podrán solicitar amparos para poderse incorporar a la inversión priavada sin tener que dejar pasar 10 años.

La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) echó abajo el candado de 10 años —que impuso como plazo el presidente Andrés Manuel López Obrador—, para que los exfuncionarios no pudieran integrarse a trabajar en empresas de la Iniciativa Privada (IP).

Este lunes, por unanimidad de votos, el Máximo Tribunal acordó que los exfuncionarios puedan trabajar en empresas privadas tras dejar el cargo y no, como lo había establecido el presidente López Obrador que lo pudieran hacer hasta después de una década de haber ostentado un cargo público.

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En 2019, el presidente López Obrador envió una iniciativa de Ley de Austeridad Republicana al Congreso federal, con la que se estableció que los ex burócratas luego de ejercer su cargo en la función pública no podrían incorporarse a una empresa particular, sino, hasta después de 10 años.

En febrero de 2019, el mandatario había advertido que iba a haber “una veda de diez años”, de acuerdo con su ley, para que “chapulines fifís” y “chapulines conservadores”, luego de terminar su desempeño no pasaran a las empresas que estaban relacionadas con su sector que desempeñaban, como ocurría en la industria energética del país.

Dicha ley planteaba la modificación del periodo de 5 a 10 años para que funcionarios del más alto nivel se pudieran incorporar en la industria privada de su sector y también modificaba la Ley General de Responsabilidades Administrativas y a la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria.


En octubre de ese mismo año, el Congreso avaló la reforma a la Ley de Austeridad Republicana con la que, además de prohibir a los funcionarios trabajar en una década en la IP, se fijaron montos a los salarios de los burócratas y se anularon bonos, estímulos, compensaciones y percepciones extraordinarias al salario asignado fuera del aprobado en el presupuesto y así, la ley entró en vigor en noviembre de 2019.

Sin embargo, en febrero de este 2022 un juez echó abajo la norma, luego que le otorgó un amparo un exfuncionario que quejó porque se le retuvo su pago, pues no había dejado pasar 10 años para trabajar en la IP.

Ante este amparo el gobierno federal se inconformó ante el Máximo Tribunal, pero se le concedió la razón al quejoso, con lo cual se dio un revés al compromiso del presidente López Obrador, quien aseguraba que con ello se iba a frenar la corrupción de ex funcionarios que, a su decir, colaboraban con información privilegiada en empresas privadas.

Arturo Zaldívar, ministro presidente de la SCJN, expuso en la sesión del Pleno de la Sala Superior, donde se aprobó echar abajo la norma impulsada por el primer mandatario y sus legisladores que su reforma no cumple el criterio de necesidad y establece un plazo demasiado largo.

Además, explicó que la reforma cubre un universo demasiado amplio ya que la prohibición consideraba a todos los servidores públicos de cargo superior y subrayó que no todos los funcionarios de alto rango tienen las mismas responsabilidades ni el mismo manejo de información, el cual les podría servir para buscar trabajo en la IP, por lo que concluyó que no se puede aplicar la misma ley para todos.

“No todos los cargos de mando superior tienen las mismas responsabilidades, ni presentan el mismo grado de riesgo de corrupción, por lo tanto, me parece que la norma es sobre inclusiva”, recalcó el ministro presdiente.

A su vez, el ministro Luis María Aguilar expuso que dicha ley genera incertidumbre legal entre los funcionarios involucrados, pues otras leyes establecen plazos menores para trabajar en la IP, por lo que recalcó que la ley: “Deja en un sentido de incertidumbre, de poca claridad jurídica, el hecho de que en esta ley se señala un periodo de 10 años como prohibición, mientras que en la Ley de Responsabilidades se señala solamente un año”, concluyó.

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Con dicho fallo, los funcionarios que se inconformen podrán solicitar amparos para poderse incorporar a la inversión priavada sin tener que dejar pasar 10 años.

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