/ domingo 2 de agosto de 2020

No castigarán a empresas que ya implementan etiquetado frontal

Se mostrará al consumidor cuando los productos contengan exceso de azúcares, sodio, grasas o calorías, y también cuando contengan edulcorantes o cafeína

La Secretaría de Salud, Perfecto y Cofepris anunciaron que no sancionarán a las empresas que se adelantaron casi dos meses a la obligación de que sus productos tengan el etiquetado frontal que advierte sobre el contenido calórico, de grada, sodio y de azúcares en los alimentos, a fin de reducir la obesidad en el país.

“Desde hoy los consumidores mexicanos verán el nuevo sistema de etiquetado frontal en miles de productos que exhibirán sellos de advertencia, octágonos negros y leyendas precautorias”.

La secretaría informó que el 31 de julio de 2020 se publicó en el Diario Oficial de la Federación (DOF) un Acuerdo Interinstitucional entre la Secretaría de Economía, Cofepris y Profeco que establece plazos y criterios para no sancionar a productores, importadores o comercializadores durante las actividades de verificación que realicen estas autoridades.

En virtud de ese Acuerdo, “no se sancionará la venta de productos cuyas etiquetas cumplan de forma anticipada con la Modificación a la NOM-051 que entrará en vigor a partir del 1 de octubre de 2020”.

Foto Cuartoscuro

Desde ahora se mostrará al consumidor de una manera clara y sencilla cuando los productos contengan exceso de azúcares, sodio, grasas o calorías, y también cuando contengan edulcorantes o cafeína.

Tampoco se sancionará, entre el 1 de octubre y el 30 de noviembre de 2020, la comercialización de productos que, habiendo cumplido con la Norma Oficial Mexicana NOM-051-SCFI/SSA1-2010 actual, no exhiban el sistema de etiquetado frontal de advertencia, sellos y leyendas, de la Modificación.

Se prevé que, desde el día de hoy y hasta el 30 de noviembre de 2020, en los anaqueles de los establecimientos comerciales coexistirán productos del nuevo etiquetado y aquellos que no lo marcaban así.

La Secretaría de Salud, Perfecto y Cofepris anunciaron que no sancionarán a las empresas que se adelantaron casi dos meses a la obligación de que sus productos tengan el etiquetado frontal que advierte sobre el contenido calórico, de grada, sodio y de azúcares en los alimentos, a fin de reducir la obesidad en el país.

“Desde hoy los consumidores mexicanos verán el nuevo sistema de etiquetado frontal en miles de productos que exhibirán sellos de advertencia, octágonos negros y leyendas precautorias”.

La secretaría informó que el 31 de julio de 2020 se publicó en el Diario Oficial de la Federación (DOF) un Acuerdo Interinstitucional entre la Secretaría de Economía, Cofepris y Profeco que establece plazos y criterios para no sancionar a productores, importadores o comercializadores durante las actividades de verificación que realicen estas autoridades.

En virtud de ese Acuerdo, “no se sancionará la venta de productos cuyas etiquetas cumplan de forma anticipada con la Modificación a la NOM-051 que entrará en vigor a partir del 1 de octubre de 2020”.

Foto Cuartoscuro

Desde ahora se mostrará al consumidor de una manera clara y sencilla cuando los productos contengan exceso de azúcares, sodio, grasas o calorías, y también cuando contengan edulcorantes o cafeína.

Tampoco se sancionará, entre el 1 de octubre y el 30 de noviembre de 2020, la comercialización de productos que, habiendo cumplido con la Norma Oficial Mexicana NOM-051-SCFI/SSA1-2010 actual, no exhiban el sistema de etiquetado frontal de advertencia, sellos y leyendas, de la Modificación.

Se prevé que, desde el día de hoy y hasta el 30 de noviembre de 2020, en los anaqueles de los establecimientos comerciales coexistirán productos del nuevo etiquetado y aquellos que no lo marcaban así.

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