El dictamen final de la reforma judicial, dado a conocer la tarde del viernes por la Comisión de Puntos Constitucionales de la Cámara de Diputados, desprecia el trabajo y preparación de jueces, magistrados y ministros del Poder Judicial de la Federación, consideró el abogado especializado en derecho penal, Luis Tapia Olivares. “Me parece un desprecio absoluto por la labor delicada que realizan las personas juzgadoras”, señaló.
El dictamen de la reforma judicial reduce los requisitos para llegar a ocupar el cargo de juez o magistrado, ya que de acuerdo con el documento presentado por la Cámara de Diputados, ahora se requieren sólo tres años de experiencia profesional para ser magistrado; mientras que para ser juez se necesita haber obtenido un promedio mayor a 8.0 en licenciatura.
Además, se plantea que los aspirantes deben gozar de buena reputación y no haber sido condenados por delito doloso con sanción privativa de la libertad. Exige también no haber sido titular de una secretaría de Estado, Fiscal General de la República, senador, diputado, ni titular del Poder Ejecutivo de alguna entidad durante el año previo al día de la publicación de la convocatoria.
“Me parece que la reducción de requisitos puede llevar a que personas sin ningún tipo de formación sean nombradas y haya una crisis aún mayor en el sistema de justicia”, agregó el abogado, quien también participó en uno de los foros de discusión de la reforma.
Respecto a la elección por voto popular, Tapia Olivares apunta que la posibilidad que se plantea en el dictamen de que ministros en funciones puedan aspirar a ser candidatos podría provocar que desatienden asuntos en la Corte ante el interés de hacer campaña. “Van a estar metidos en un proceso electoral en lugar de estar concentrados en su trabajo. Me parece que puede tener impactos en la demora de los asuntos”, subrayó.
Por su parte, el magistrado Reynaldo Reyes Rosas refirió que el documento de la Comisión de Puntos Constitucionales de la Cámara de Diputados podría recaer en la inconstitucionalidad, por lo que el próximo lunes presentará un amparo contra el proceso legislativo.
De acuerdo con el magistrado adscrito al Décimo Tribunal Colegiado en Materia Penal del Primer Circuito, el proceso legislativo incumplió los artículos 71 y 135 de la Constitución.
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“La Comisión Permanente no tiene facultades constitucionales para decidir ninguna reforma constitucional. El párrafo segundo del 135 solamente le da a la Comisión Permanente facultades de cómputo de votos nativas en la legislatura; pero no tiene facultades de ordenar, discutir, analizar, vincular, porque no tenemos todavía el constituyente permanente que se debe erigir el día 1 de septiembre”, explicó Reyes Rosas.
Actualmente, la Cámara de Diputados se encuentra en su periodo de Comisión Permanente, mismo que culmina el 1 de septiembre, cuando entre en funciones la nueva Legislatura,que podrá discutir y votar las iniciativas pendientes en este órgano legislativo.