/ miércoles 4 de diciembre de 2019

Admiten a trámite juicio de amparo contra elección de Rosario Piedra en CNDH

El senador Emilio Icaza señaló que se registraron "irregularidades" en el proceso para la designación de Piedra Ibarra en el organismo constitucional autónomo

Una juez federal admitió a trámite el juicio de amparo que promovió el senador independiente Emilio Álvarez Icaza en contra de las "irregularidades" que se registraron en el proceso para la designación de Rosario Piedra Ibarra como presidenta de la Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH).

Fue la juez Laura Gutiérrez de Velasco Romo, titular del Juzgado Séptimo de Distrito en materia Administrativa, quién admitió a trámite la queja del senador, pero no concedió la suspensión, debido a que el legislador no la solicitó y fijó como fecha para la realización de la audiencia constitucional el 7 de enero del 2020 a las 9:45 horas.

Emilio Icaza señala en su demanda, interpuesta el 2 de diciembre y radicada en el expediente 1778/2019, que Piedra Ibarra incumplió el artículo 9 de la Ley de la CNDH que establece que uno de los requisitos para ocupar el cargo es "no desempeñar, ni haber desempeñado cargo de dirección nacional o estatal, en algún partido político en el año anterior a su designación".

El legislador refiere que la designación de la activista transgredió el artículo 10 de la misma legislación, al no alcanzar el voto de las dos terceras partes de los miembros presentes de la Cámara de Senadores.

En tanto que el consejero de la CNDH, Michael Chamberlin Ruiz, interpuso un recurso de queja contra la resolución del juez Jonathan Bass Herrera, titular del Juzgado Primero de Distrito en materia Administrativa, que desechó su juicio de amparo contra la designación de Piedra Ibarra.

Se señala que la resolución del juzgador le causa agravio, toda vez que la causal de improcedencia prevista en el artículo 61 de la Ley de Amparo que utilizó como fundamento, no se actualiza y no puede aplicarse en este caso, al no estar en presencia de una resolución soberana o discrecional emitida por el Senado, sino de una resolución claramente violatoria de las normas dadas por el Congreso de la Unión.

Una juez federal admitió a trámite el juicio de amparo que promovió el senador independiente Emilio Álvarez Icaza en contra de las "irregularidades" que se registraron en el proceso para la designación de Rosario Piedra Ibarra como presidenta de la Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH).

Fue la juez Laura Gutiérrez de Velasco Romo, titular del Juzgado Séptimo de Distrito en materia Administrativa, quién admitió a trámite la queja del senador, pero no concedió la suspensión, debido a que el legislador no la solicitó y fijó como fecha para la realización de la audiencia constitucional el 7 de enero del 2020 a las 9:45 horas.

Emilio Icaza señala en su demanda, interpuesta el 2 de diciembre y radicada en el expediente 1778/2019, que Piedra Ibarra incumplió el artículo 9 de la Ley de la CNDH que establece que uno de los requisitos para ocupar el cargo es "no desempeñar, ni haber desempeñado cargo de dirección nacional o estatal, en algún partido político en el año anterior a su designación".

El legislador refiere que la designación de la activista transgredió el artículo 10 de la misma legislación, al no alcanzar el voto de las dos terceras partes de los miembros presentes de la Cámara de Senadores.

En tanto que el consejero de la CNDH, Michael Chamberlin Ruiz, interpuso un recurso de queja contra la resolución del juez Jonathan Bass Herrera, titular del Juzgado Primero de Distrito en materia Administrativa, que desechó su juicio de amparo contra la designación de Piedra Ibarra.

Se señala que la resolución del juzgador le causa agravio, toda vez que la causal de improcedencia prevista en el artículo 61 de la Ley de Amparo que utilizó como fundamento, no se actualiza y no puede aplicarse en este caso, al no estar en presencia de una resolución soberana o discrecional emitida por el Senado, sino de una resolución claramente violatoria de las normas dadas por el Congreso de la Unión.

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