Por unanimidad, el Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación confirmó el acuerdo en el que la Comisión de Quejas y Denuncias del Instituto Nacional Electoral (INE) que pide al presidente Andrés Manuel López Obrador abstenerse de promocionar la Revocación de Mandato.
En sesión privada y a propuesta del magistrado Felipe Alfredo Fuentes Barrera, el órgano jurisdiccional determinó que el titular del Ejecutivo es consistente en utilizar las conferencias matutinas para difundir propaganda gubernamental, "lo que constituye un elemento objetivo y razonable para estimar el temor fundado y el riesgo inminente de que se repitiera la conducta sancionada a lo largo del periodo restringido constitucionalmente".
Por tanto, la Sala Superior confirmó que, bajo la figura de tutela preventiva, se conminara al Presidente de la República a apegarse a las limitaciones constitucionales sobre la difusión de propaganda gubernamental, a fin de que se abstenga de promocionar el ejercicio de Revocación de Mandato en cualquiera de sus apariciones públicas.
Ello luego de que el pasado 4 de febrero, el Partido de la Revolución Democrática (PRD) denunciara a López Obrador, derivado de diversas expresiones con motivo de la conferencia matutina del 2 de febrero de 2022. Lo anterior, al considerar que dichas declaraciones implicaban indebido uso de recursos públicos y la ilegal promoción del Proceso de Revocación de Mandato.
Por lo que el PRD, bajo la figura de tutela preventiva, solicitó que se conminara al Presidente de la República para que se apegue a las limitaciones constitucionales a las que está sujeto y no promocione el ejercicio de Revocación de Mandato en cualquiera de sus presentaciones públicas. En ese sentido, el INE había determinado procedente la medida cautelar solicitada.
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