Las comisiones Unidas de Hacienda y Crédito Público; de Ciencia y Tecnología, y de Estudios Legislativos, Primera, aprobaron el dictamen de la ley que regulará a las empresas que ofrecen productos y servicios financieros, haciendo uso de tecnologías de la información y comunicación, como páginas de internet, redes sociales y aplicaciones para celulares, conocida como Ley Fintech.
El ordenamiento establece que la Comisión Nacional Bancaria y de Valores será la autoridad responsable de otorgar las autorizaciones, previa revisión de la información y documentación establecida en ley, para poder operar como Instituciones de Tecnología Financiera.
Y sanciones por quebranto o perjuicio patrimonial como prisión de hasta 12 años y multas por 22 millones 90 mil pesos.
Las empresas financieras operan como intermediarios en transferencias de dinero, préstamos, compras y venta de títulos financieros, así como asesoramiento financiero.
Los integrantes de las distintas comisiones dieron a conocer los cambios en la iniciativa enviada al Senado por el presidente Enrique Peña Nieto, la cual ha sido modificada en 38 artículos, dos disposiciones transitorias; y a la que le establecieron cuatro nuevas secciones en el articulado de ley.
También se realizaron cambios a cinco artículos a Ley de Instituciones de Crédito, así como tres más a Ley para la Transparencia y el Ordenamiento de los Servicios Financieros.
La senadora del Partido del Trabajo, Dolores Padierna Luna, integrante de la Comisión de Hacienda, fijó su posición a favor de la iniciativa y dijo que de las 703 Fintech identificadas por el Banco Interamericano de Desarrollo, 180 radican en México.
El dictamen establece la creación de un Comité Interinstitucional, el cual será la instancia colegiada de la Comisión Nacional Bancaria y de Valores integrada por servidores públicos de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, Banco de México y de la misma Comisión, que intervendrá en la toma de decisiones de mayor importancia como el otorgamiento de autorizaciones, imposición de sanciones, entre otros.
Las instituciones podrán constituir depósitos en entidades financieras autorizadas para recibirlos, se aclara la fecha de acreditación de los fondos de pago electrónicos y la facultad del Banco de México para prever situaciones relacionadas con la transformación o modificación de características de los activos virtuales.
Se precisa que los datos transaccionales personales son de los clientes y solo se puede disponer de ellos previo consentimiento expreso, la autoridad tendrá como facultad establecer las condiciones para la interrupción del flujo de información en los casos que lo amerite.