Diputados aprobaron aumentar en un tercio las penas por feminicidio, en su mínimo y máximo, en caso de que la víctima contara con una orden de protección, fuera menor de edad, adulta mayor o con discapacidad, estuviera embarazada o si el perpetrador del crimen era servidor público activo.
Con 450 votos a favor fue avalada la reforma al Código Penal, en el sentido de aumentar las penas cuando se prive de la vida a una mujer con medidas cautelares, y 455 a favor las reformas al Código Nacional de Procedimientos Penales y de la Ley General del Sistema Nacional de Seguridad Pública, de la Ley General de Víctimas y de la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia para establecer el resto de agravantes.
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En la reforma también se estipulo que la persona que haya cometido el delito de feminicidio perderá todo derecho con relación a los hijos de la víctima, algo que la diputada Elizabeth Pérez, del PRD, permitía que los menores de edad quedarán al cuidado de los violentadores o se veían obligados a visitarlos.
Además especifica que se considerará que hubo una razón de género en el crimen cuando exista consanguinidad o una relación sentimental, afectiva, laboral, docente o de confianza con la víctima, exista evidencia de amenazas previas, cuando el cuerpo de la víctima sea exhibido en un lugar público o haya antecedentes de explotación por parte del perpetrador.
Aunque los pronunciamientos fueron en su mayoría a favor de las reformas, la diputada Mirza Flores, vicecoordinadora de Movimiento Ciudadano, cuestionó las reformas que aumentan las penas por el delito, pues apuntó a que éstas no han inhibido el número de feminicidios en el País.
“La violencia feminicida no para y no parará aumentando las penas (...) Algo no está haciendo bien el estado mexicano, una de esas cosas y que es grave es el abandono y desmantelamiento brutal de la política nacional para prevenir, atender, sancionar y erradicar las violencias contra las mujeres”, sentenció.
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