Pese a que ministros de la Corte se bajaron el sueldo en un 25%, los amparos contra la Ley Federal de Remuneraciones aumentaron a 3 mil 806, de acuerdo al último corte del Consejo de la Judicatura Federal.
Señala que de las 3 mil 806 demandas, 618 fueron interpuestas en línea por 21 mil 409 quejosos, de los cuales 459 son jueces, 617 son magistrados, 5 mil 434 secretarios, mil 272 actuarios, 6 mil 388 oficiales y 4 mil 776 externos.
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Los amparos, han sido promovidos por personal de Pemex, la Cofece, la PGR, el IPN, la Comisión Federal de Electricidad, el Cisen, el INE, y el Instituto Federal de Telecomunicaciones.
Así como trabajadores del ISSSTE, la Secretaria de Gobernación, el Tribunal Federal de Conciliación y arbitraje, el SAE, el Instituto Nacional de Antropología e Historia, el Centro de Investigación y de Estudios Avanzados del Instituto Politécnico Nacional, el Sindicato Único de Trabajadores Docentes del Colegio Nacional de Educación Profesional Técnica.
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También el Sindicato Único de Trabajadores de la Industria Nuclear, el Servicio de Navegación en el Espacio Aéreo Mexicano, el Consejo Nacional de Ciencia y Tecnología, el Sindicato Unico de Trabajadores del Hospital General "Doctor Manuel Gea González", el Sindicato Nacional Democrático de Trabajadores de la Secretaria de Cultura, el Centro de Investigación en Química Aplicada y Financiera Nacional de Desarrollo Agropecuario, Rural, Forestal y Pesquero, el CIDE Banco de México entre otros.
Por otra parte, la Suprema Corte de Justicia de la Nación, admitió a trámite los impedimentos planteados por diversos jueces de Distrito en el país ante quienes se han tramitado juicios de amparo en contra de la Ley Federal de Remuneraciones pues alegan tener un conflicto de interés para resolver.
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Por ello, los impedimentos fueron admitidos y turnados para su resolución a los ministros Jorge Mario Pardo Rebolledo, Alfredo Gutiérrez Ortiz Mena, Eduardo Medina Mora y Norma Lucía Piña Hernández.
El acuerdo señala que conforme a lo acordado, en sesión privada del Tribunal Pleno, el tres de diciembre del 2018, los Ministros de esta Suprema Corte de Justicia de la Nación deben ser quienes califique tal impedimento, lo cual está dispuesto en los artículos 88, párrafo último, aplicado por mayoría de razón, del Reglamento Interior de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, así como, 51, fracción VIII, 54, fracción I de la Ley de Amparo.