La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) desechó el último proyecto del ministro José Ramón Cossío, por lo que se aprobó que la Procuraduría General de la República (PGR) pueda obtener información de cuentas bancarias sin que exista una orden judicial.
Con criterios encontrados, seis de los 11 ministros que integran el pleno de este órgano jurídico, rechazaron la invalidez del Artículo 142 de la Ley de Instituciones de Crédito y el papel que juegan los Ministerios Públicos durante una investigación en donde el acusado haya incurrido en delitos como defraudación fiscal, enriquecimiento ilícito y lavado de dinero.
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Tras este fallo, los MP podrán solicitar directamente a una institución de crédito, o a través de la Comisión Nacional Bancaria y de Valores, información de cualquier persona que se encuentre bajo un supuesto hecho delictivo.
A favor del proyecto del ministro José Ramón, los ministros Arturo Zaldívar, Alfredo Gutiérrez Ortiz Mena, Norma Lucía Piña, José Fernando Franco apuntaron que para que se tenga acceso a información bancaria de algún imputado se requiere de un control judicial debidamente fundado y motivado.
En contra, los ministros Luis María Aguilar, Eduardo Medina Mora, Javier Laynez, Margarita Luna, Jorge Pardo y Alberto Pérez definieron que dicho artículo contenido en la Ley de Instituciones de Crédito no vulnera el derecho a la vida privada, así como a la protección de los datos personales.
Ante el rechazo, se instruyó turnar el proyecto a otro ministro de los que votaron en contra para proceder con su análisis, al ser la última ponencia de Cossío Díaz en el Pleno de la SCJN.
Cabe mencionar que no existe un criterio firme sobre este tema, por lo que los asuntos similares a este caso que se revisen en la Primera o Segunda Sala del más Alto Tribunal del país continuarán con los mismos criterios que han mantenido.