/ jueves 10 de diciembre de 2020

Cámara de Diputados aprueba que abstenciones en consulta popular sean válidas

De acuerdo a los legisladores el fin de esta reforma tienen como propósito hacer que concuerde la ley de Consulta Popular con la Carta Magna

La Cámara de Diputados aprobó con 388 votos a favor, 42 en contra y 3 abstenciones reformas a la Ley de Consulta Popular para determinar que cada ciudadano pueda votar en abstención durante dichos ejercicios democráticos.

Asimismo, determinaron que las consultas populares se realicen por vía digital, sean traducidas a lenguas indígenas, puedan realizarse cada año, durante el primer domingo de agosto y, para efectuarlas, se presenten antes del 30 de noviembre del año anterior a su realización.

De acuerdo a los legisladores el fin de esta reforma tienen como propósito hacer que concuerde la ley de Consulta Popular con la Carta Magna

Este ordenamiento prevé que se puedan realizar consultas regionales y que no se pueda someter a consulta obras de infraestructura que estén en ejecución.

Además, introduce la posibilidad de realizar consultas regionales y precisa que no serán motivo de una consulta la permanencia o continuidad en el cargo de personas que hubiesen ganado un a elección, el sistema financiero, el Presupuesto de Egresos de la Federación y las obras de infraestructura en ejecución.

Foto: Cuartoscuro

Durante la fundamentación del dictamen, la diputada morenista Rocío Barrera Badillo, presidenta de la Comisión de Gobernación y Población, expresó como prioritario establecer los mecanismos que permiten el ejercicio efectivo de los derechos políticos de la ciudadanía.

Destacó que, con esta modificación, se amplían las causas por las que no proceden las consultas populares, destacando la referente a la permanencia o continuidad en el cargo de los servidores públicos de elección popular.

Sobre el procedimiento de consultas, explicó que, se consideró procedente ampliar al menos al mes de noviembre, las fechas para la presentación de los avisos de intención.

El diputado priista, Enrique Ochoa Reza al presentar una propuesta de modificación al artículo 53 de dicha Ley, dijo que su reserva era para evitar el voto emitido en abstención en las consultas, del que dijo “se pone como un Frankenstein”, pues subrayó que la abstención de un voto no da certeza jurídica en la elección.

Foto Especial


Indicó que el voto en abstención “es nada más un elemento adicional de confusión a la población, porque ustedes (legisladores de Morena) quieren que la consulta fracase, por eso han cambiado la entrada en vigor de la vigencia de la legislación correspondiente y de la convocatoria para tener la consulta”, reprochó el priista.

La diputada emecista, Martha Tagle subrayó que esta reforma a la Ley, llega tarde y debió darse antes de que se enmendara la plana de parte de la Suprema Corte de justicia de la Nación (SCJN).

Enfatizó que estos mecanismos democráticos cuando son diseñados por el poder político se pervierten y dejan de funcionar. Asimismo, apuntó que la Consulta Popular debe ser una herramienta útil para ejercer la democracia directa.

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La Cámara de Diputados aprobó con 388 votos a favor, 42 en contra y 3 abstenciones reformas a la Ley de Consulta Popular para determinar que cada ciudadano pueda votar en abstención durante dichos ejercicios democráticos.

Asimismo, determinaron que las consultas populares se realicen por vía digital, sean traducidas a lenguas indígenas, puedan realizarse cada año, durante el primer domingo de agosto y, para efectuarlas, se presenten antes del 30 de noviembre del año anterior a su realización.

De acuerdo a los legisladores el fin de esta reforma tienen como propósito hacer que concuerde la ley de Consulta Popular con la Carta Magna

Este ordenamiento prevé que se puedan realizar consultas regionales y que no se pueda someter a consulta obras de infraestructura que estén en ejecución.

Además, introduce la posibilidad de realizar consultas regionales y precisa que no serán motivo de una consulta la permanencia o continuidad en el cargo de personas que hubiesen ganado un a elección, el sistema financiero, el Presupuesto de Egresos de la Federación y las obras de infraestructura en ejecución.

Foto: Cuartoscuro

Durante la fundamentación del dictamen, la diputada morenista Rocío Barrera Badillo, presidenta de la Comisión de Gobernación y Población, expresó como prioritario establecer los mecanismos que permiten el ejercicio efectivo de los derechos políticos de la ciudadanía.

Destacó que, con esta modificación, se amplían las causas por las que no proceden las consultas populares, destacando la referente a la permanencia o continuidad en el cargo de los servidores públicos de elección popular.

Sobre el procedimiento de consultas, explicó que, se consideró procedente ampliar al menos al mes de noviembre, las fechas para la presentación de los avisos de intención.

El diputado priista, Enrique Ochoa Reza al presentar una propuesta de modificación al artículo 53 de dicha Ley, dijo que su reserva era para evitar el voto emitido en abstención en las consultas, del que dijo “se pone como un Frankenstein”, pues subrayó que la abstención de un voto no da certeza jurídica en la elección.

Foto Especial


Indicó que el voto en abstención “es nada más un elemento adicional de confusión a la población, porque ustedes (legisladores de Morena) quieren que la consulta fracase, por eso han cambiado la entrada en vigor de la vigencia de la legislación correspondiente y de la convocatoria para tener la consulta”, reprochó el priista.

La diputada emecista, Martha Tagle subrayó que esta reforma a la Ley, llega tarde y debió darse antes de que se enmendara la plana de parte de la Suprema Corte de justicia de la Nación (SCJN).

Enfatizó que estos mecanismos democráticos cuando son diseñados por el poder político se pervierten y dejan de funcionar. Asimismo, apuntó que la Consulta Popular debe ser una herramienta útil para ejercer la democracia directa.

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