/ miércoles 30 de junio de 2021

Cofepris deberá entregar toda la legislación disponible para el uso de la marihuana

De acuerdo con el comisionado Adrián Alcalá Méndez, esta normatividad vigente deberá incluir todas las leyes

El Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales (Inai) instruyó a la Comisión Federal para la Protección contra Riesgos Sanitarios (Cofepris) entregar toda la legislación disponible relacionada con todos los usos de la marihuana.

De acuerdo con el comisionado Adrián Alcalá Méndez, esta normatividad vigente deberá incluir todas las leyes, reglamentos, lineamientos, acuerdos, entre otros documentos emitidos por autoridades sanitarias que permitan a cualquier persona conocer las disposiciones que le resulten interesantes y los apoye a tomar decisiones de manera informada.

“Una de las razones que me llevaron a exponer el presente caso fue la reciente decisión de nuestro máximo tribunal del país el pasado lunes 28 de junio, por la cual declaró inconstitucional la prohibición absoluta del consumo lúdico del cannabis y del THC, establecido en la Ley General de Salud”, explicó.

Cabe recordar que desde el 2015 la Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) resolvió un juicio de amparo en el que declaró la inconstitucionalidad del sistema de prohibiciones administrativas al consumo lúdico del cannabis, al considerar que restringía el derecho al libre desarrollo de la personalidad de los consumidores, decisión que fue reiterada en cuatro ocasiones más y que desembocó en la resolución del lunes.

La instrucción del Inai contra la Cofepris se dio en respuesta a una queja interpuesta por un ciudadano, que se inconformó con la Comisión luego de que esta se limitó a responder solo con el vínculo de un reglamento a la Ley General de Salud, bajo el argumento de que se trataba de una consulta de índole normativa para la que no se encontraba obligada a generar documentos ad hoc.

Del análisis del caso el Inai determinó que la Cofepris no cumplió con su obligación de dar acceso a la información, pues realizó una interpretación restrictiva de la solicitud, lo que impidió que otorgara la expresión documental solicitada. Además, fue omisa en su obligación de realizar una búsqueda exhaustiva de la información.

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Por lo anterior el Pleno del Inai ordenó a la Comisión modificar su respuesta para que realice una nueva búsqueda exhaustiva utilizando un criterio amplio, a fin de entregar lo solicitado e incluyendo a la Subdirección Ejecutiva de Normatividad de la Coordinación General Jurídica y Consultiva, la cual cuenta con facultades para participar en la elaboración de Normas Oficiales Mexicanas (NOM) en materia de regulación, de control y fomento sanitario.



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El Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales (Inai) instruyó a la Comisión Federal para la Protección contra Riesgos Sanitarios (Cofepris) entregar toda la legislación disponible relacionada con todos los usos de la marihuana.

De acuerdo con el comisionado Adrián Alcalá Méndez, esta normatividad vigente deberá incluir todas las leyes, reglamentos, lineamientos, acuerdos, entre otros documentos emitidos por autoridades sanitarias que permitan a cualquier persona conocer las disposiciones que le resulten interesantes y los apoye a tomar decisiones de manera informada.

“Una de las razones que me llevaron a exponer el presente caso fue la reciente decisión de nuestro máximo tribunal del país el pasado lunes 28 de junio, por la cual declaró inconstitucional la prohibición absoluta del consumo lúdico del cannabis y del THC, establecido en la Ley General de Salud”, explicó.

Cabe recordar que desde el 2015 la Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) resolvió un juicio de amparo en el que declaró la inconstitucionalidad del sistema de prohibiciones administrativas al consumo lúdico del cannabis, al considerar que restringía el derecho al libre desarrollo de la personalidad de los consumidores, decisión que fue reiterada en cuatro ocasiones más y que desembocó en la resolución del lunes.

La instrucción del Inai contra la Cofepris se dio en respuesta a una queja interpuesta por un ciudadano, que se inconformó con la Comisión luego de que esta se limitó a responder solo con el vínculo de un reglamento a la Ley General de Salud, bajo el argumento de que se trataba de una consulta de índole normativa para la que no se encontraba obligada a generar documentos ad hoc.

Del análisis del caso el Inai determinó que la Cofepris no cumplió con su obligación de dar acceso a la información, pues realizó una interpretación restrictiva de la solicitud, lo que impidió que otorgara la expresión documental solicitada. Además, fue omisa en su obligación de realizar una búsqueda exhaustiva de la información.

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Por lo anterior el Pleno del Inai ordenó a la Comisión modificar su respuesta para que realice una nueva búsqueda exhaustiva utilizando un criterio amplio, a fin de entregar lo solicitado e incluyendo a la Subdirección Ejecutiva de Normatividad de la Coordinación General Jurídica y Consultiva, la cual cuenta con facultades para participar en la elaboración de Normas Oficiales Mexicanas (NOM) en materia de regulación, de control y fomento sanitario.



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