El Pleno de la Cámara de Diputados aprobó con 440 votos a favor y dos votos en contra la minuta del Senado de la República para reformar la Ley Federal del Trabajo en materia de regulación del trabajo a domicilio o también llamado teletrabajo o home office y devolvieron el documento a la Cámara alta.
Durante la discusión, se aceptó la única reserva presentada por la diputada perredista Verónica Juárez Piña, donde estipula que “el teletrabajo es una forma de organización laboral subordinada que consiste en el desempeño de actividades remuneradas, en lugares distintos al establecimiento o establecimientos del patrón, por lo que no se requiere la presencia física de la persona trabajadora bajo la modalidad de teletrabajo, en el centro de trabajo, utilizando primordialmente las tecnologías de la información y comunicación, para el contacto y mando entre la persona trabajadora bajo la modalidad de teletrabajo y el patrón” y que el trabajador tendrá “el mayor cuidado en la guarda y conservación de los equipos, materiales y útiles que reciban del patrón”.
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Dentro de los aspectos relevantes que ahora estarán contemplados en dicha reforma, los legisladores estipularon que los costos derivados del trabajo a través de la modalidad de teletrabajo, incluirán el pago de servicios de telecomunicación y la parte proporcional de electricidad.
Las disposiciones transitorias proponen un plazo de 12 meses para que el Ejecutivo Federal establezca la Norma Oficial Mexicana prevista en la propuesta en materia de trabajo, salud, seguridad y medio ambiente; la red nacional de promoción y fomento del teletrabajo; y, los lineamientos para determinar los accidentes o enfermedades relacionados con el ejercicio del trabajo de los asegurados que se incluyan en las medidas de teletrabajo.
Asimismo, señala que los patrones tendrán que recibir oportunamente el trabajo y pagar los salarios en la forma y fechas estipuladas.
Además, se establece que los patrones tendrán las obligaciones de proporcionar, instalar y encargarse del mantenimiento de los equipos necesarios para el teletrabajo como equipo de cómputo, sillas ergonómicas, impresoras, entre otros.
Se acuerda además que “no será considerado teletrabajo aquel que se realice de forma ocasional o esporádica” y se puntualiza que “las condiciones de trabajo se harán constar por escrito mediante un contrato y cada una de las partes conservará un ejemplar”.
Al respecto, el diputado priista, Isaías González Cuevas, secretario de la Comisión del Trabajo y secretario general de la Confederación Revolucionaria de Obreros y Campesinos (CROC), expresó que con esta reforma “se establecieron condiciones de servicio, los medios tecnológicos y de ambiente requeridos de tiempo y espacio y la forma de ejecutar el mismo en condiciones iguales”.
Destacó también que tienen la facultad de organizarse sindicalmente, si ellos así lo requieren, “o hacer su propia organización, o sea, que es parte de lo que establece la ley, esta nueva Ley Federal de Trabajo, y que bueno, pues esos derechos también se contemplan en este dictamen”, dijo.
Al fijar postura respecto del dictamen, el PAN, a través de la diputada Margarita Guerra expresó que, “en México, el teletrabajo ha sido adoptado por corporativos internacionales desde hace más de 10 años, pero ahora se convierte en una necesidad para mantener y generar fuentes de empleo, aumentar la productividad, lograr igualdad de trato y mejores las condiciones laborales”.