/ lunes 14 de diciembre de 2020

Diputados reforman Constitución para que el Congreso legisle en materia de seguridad privada

El cambio constitucional para regular los servicios de seguridad privada fue impulsado por empresas particulares especializadas en esta materia y presentado por Morena

La Cámara de Diputados aprobó una reforma constitucional al artículo 73, para facultar al Congreso a que expida una la ley general en materia de seguridad privada, con la cual constituirá las reglas que regulen a los prestadores de servicios de seguridad privada en todo el territorio nacional.

El cambio constitucional para regular los servicios de seguridad privada fue impulsado por empresas particulares especializadas en esta materia y presentado por Morena.

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Estipula reglas de coordinación entre las personas autorizadas a prestar los servicios de seguridad privada y la Federación, las entidades federativas y los municipios para la efectiva organización y funcionamiento de los prestadores de servicios de seguridad privada como auxiliares de la seguridad pública.

También plantea su actuación en situaciones de emergencia y desastre y prevé los aspectos vinculados a la coordinación y supervisión de las policías complementarias en el país.

Este ordenamiento en sus artículos transitorios establece que, en un plazo de 180 días naturales, luego de la entrada en vigor de esta reforma, el Congreso deberá expedir la ley general en materia de seguridad privada.

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También que, en ese mismo plazo, la ley general de seguridad privada, el Congreso de la Unión y las legislaturas de las entidades federativas deberán expedir la legislación necesaria para adecuar el marco normativo con el decreto y la ley citada.

De acuerdo con el dictamen, en el país existen 6 mil empresas que no tienen registro para operar adecuadamente y tampoco cuidan sus procesos. Asimismo, tienen un número desconocido de trabajadores que desempeñan la labor de vigilancia sin capacitación y que pueden incurrir en la comisión de un ilícito.

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Datos proporcionados por las empresas de seguridad privada exponen que en el ejercicio fiscal 2019, 600 mil personas se desempeñaban en labores de esta índole y, una cuarta de estas personas protegió inmuebles habitacionales e instituciones públicas, privadas, bancos, aeropuertos, aduanas, empresas o traslados de valores.

Señala el dictamen que un tercio de estos elementos que laboran en empresas de seguridad privada lo hacen en la informalidad, por lo que es necesario avanzar en la profesionalización, regionalización y cobertura del sector.

La Cámara de Diputados aprobó una reforma constitucional al artículo 73, para facultar al Congreso a que expida una la ley general en materia de seguridad privada, con la cual constituirá las reglas que regulen a los prestadores de servicios de seguridad privada en todo el territorio nacional.

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Estipula reglas de coordinación entre las personas autorizadas a prestar los servicios de seguridad privada y la Federación, las entidades federativas y los municipios para la efectiva organización y funcionamiento de los prestadores de servicios de seguridad privada como auxiliares de la seguridad pública.

También plantea su actuación en situaciones de emergencia y desastre y prevé los aspectos vinculados a la coordinación y supervisión de las policías complementarias en el país.

Este ordenamiento en sus artículos transitorios establece que, en un plazo de 180 días naturales, luego de la entrada en vigor de esta reforma, el Congreso deberá expedir la ley general en materia de seguridad privada.

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También que, en ese mismo plazo, la ley general de seguridad privada, el Congreso de la Unión y las legislaturas de las entidades federativas deberán expedir la legislación necesaria para adecuar el marco normativo con el decreto y la ley citada.

De acuerdo con el dictamen, en el país existen 6 mil empresas que no tienen registro para operar adecuadamente y tampoco cuidan sus procesos. Asimismo, tienen un número desconocido de trabajadores que desempeñan la labor de vigilancia sin capacitación y que pueden incurrir en la comisión de un ilícito.

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