La Fiscalía Especializada en Combate a la Corrupción solicitó al Senado de la República, más herramientas jurídicas para perseguir y combatir ilícitos, entre ellos, incluir en el Código Penal Federal el “cohecho sexual’’ ya que solamente se limita al pedir u ofrecer dinero.
“Los servidores públicos, en violencia de género, suelen pedir favores sexuales a las usuarias para realizar sus funciones u otorgarles algún servicio o insumo que por ley les corresponde. El cohecho sexual debe ser un tipo penal agravado con una mitad más del delito de cohecho simple’’.
En su informe enviado a la Cámara alta, con fecha de marzo de 2021, ese organismo dependiente de la Fiscalía General de la República, destaca también la urgencia de modificar el artículo 11 Bís del Código Penal Federal en materia de Responsabilidad Penal de las Empresas, para incluir a la contratación ilícita, el peculado, la percepción ilícita y los beneficios del ejercicio abusivo de funciones.
Modificar la punibilidad mínima en todos los delitos del Título X del Libro Segundo, ya que eso afecta directamente en el ámbito de la prescripción. Hay delitos que tienen sanciones mínimas de 3 meses de prisión, dice el documento.
En el delito de uso ilícito de atribuciones y facultades, incluir todo tipo de contrataciones que afecten bienes, derechos y servicios de la Nación, y no cerrar solamente a los de contenido económico (no tasar el contrato a recursos con una partida presupuestal).
Respecto al delito de cohecho, incluir el cohecho sexual, ya que solamente se limita al solicitar u ofrecer dinero. Los servidores públicos, en violencia de género, suelen pedir favores sexuales a Las usuarias para realizar sus funciones u otorgarles algún servicio o insumo que por ley les corresponde. “El cohecho sexual debe ser un tipo penal agravado con una mitad más del delito de cohecho simple’’.
Dicha Fiscalía Anticorrupción, a cargo de la doctora María de la Luz Míjangos Borja, recomienda a los senadores incluir los delitos de operaciones con recursos de procedencia ilícita y delincuencia organizada, “como delitos accesorios de los tipos penales relacionados con actos de corrupción’’.
Y trasladar el tipo penal de extorsión como delito de corrupción, cuando se trate de servidores públicos.
El documento solicita reformular la hipótesis de peculado a solamente a la simple distracción de un recurso público, y quitarle el beneficio económico: ya que eso eleva el estándar de prueba, y hace difícil su acreditación.
Y ampliar el delito de percepción ilícita para aquellas empresas, que disponen de los recursos derivados de programas sociales, por el sólo hecho de ya han sido entregados a un particular, para que se pueda perseguir como delito de corrupción, y no como delito patrimonial.
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