El Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) rechazó la petición de Pedro Ferriz de Con de anular el proceso de recolección de firmas para su candidatura independiente, dando la razón al Instituto Nacional Electoral (INE).
La Sala Superior de este máximo órgano electoral detalló que era necesario que Ferriz de Con acreditara las circunstancias que alegó para demandar la nulidad de la etapa de recolección de apoyos ciudadanos.
Ante esto, el TEPJF validó la etapa de recolección de firmas para aspirantes a candidatos independientes y confirmó el acuerdo INE/CG151/2018 emitido por el Consejo General del INE, considerando ineficaces los argumentos de Pedro Ferriz, con los cuales demandó la nulidad de la etapa de captación de apoyo ciudadano para candidatos independientes.
Por unanimidad, las Magistradas y los Magistrados señalaron que el aspirante a la candidatura independiente a la Presidencia de la República también presentó motivos ineficaces para acreditar que la aplicación específicamente diseñada para recolectar apoyos ciudadanos permitió ingresar documentos y datos falsos.
En su momento, la Magistrada presidenta, Janine Otálora, dijo que este asunto, en el proyecto no se hace un pronunciamiento sobre si el INE es o no competente para contestar petición formulada por el ciudadano, sino que el tema es la manera en la que la demanda y los motivos de inconformidad de la misma han sido planteadas, porque el actor no logra desvirtuar la declaración de competencia del INE, lo que impide a esta Sala entrar al fondo del tema.
Abundó que para poder hacerlo, “hubiera sido necesario que el actor expusiera las razones por las que el INE sí tenía facultades para anular etapa de apoyos ciudadanos”.
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