El pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) determinó que es inconstitucional que la Fiscalía General de la República (FGR) solicite información de cuentas bancarias sin orden judicial como parte de una investigación penal, pero dejaron para la siguiente sesión los efectos que tendrá esta decisión, ya que estarían en riesgo más de mil casos donde la fiscalía accedió a cuentas bancarias sin la anuencia de un juez federal.
Caso como Odebrecht, del ex director de Pemex, Emilio Lozoya, los ex gobernadores Javier Duarte, Roberto Borge entre otros, podrían venirse abajo si el próximo lunes los ministros deciden que la inconstitucionalidad del artículo 142 fracción primera de la Ley de Instituciones de Crédito, aplique a todos los casos donde la fiscalía pidió reportes de cuentas bancarias a la Comisión Nacional Bancaria y de Valores sin la intervención de un juez federal.
Ante la indefinición jurídica en este caso, la Fiscalía General de la República ha sostenido que esta indefinición mantiene en vilo diverso judicial que involucran recursos por hasta 50 mil millones de pesos.
En la discusión, el ministro presidente Arturo Zaldívar, quien estuvo en contra del proyecto que presentó el ministro Eduardo Medina Mora que proponía otorgarle la facultad a la FGR solicite información bancaria sin previa orden judicial, enfatizó que el Estado tiene la obligación de ser eficaz en el combate a la delincuencia respetando la constitución.
“Hay tribunales que se les puede pedir la información en línea y de manera expedita, ni siquiera habría esta excusa, la constitución prevé la intervención judicial para un cateo o intervención telefónica, me preocupan los precedentes de este caso”.
En este sentido el ministro José Luis González Alcántara, quien voto en contra del proyecto, enfatizó que la información bancaria no forma parte de las facultades de irrupción en la vida privada, ni tampoco se encuentra otorgada como parte de la facultad de investigación de los delitos pueden existir otras medidas legislativas que resulten mas adecuadas y necesarias como lo seria las que obliguen a buscar una autorización judicial previa a la irrupción de la vida privada.
Mientras que en su intervención, el ministro Javier Laynez destacó que en cierto tipo de delitos como defraudación fiscal y lavado de dinero, el indicio mínimo que tendría que llevarse ante un juez para obtener la autorización es el movimiento bancarios como lo dice el proyecto.
En este contexto, el ministro Alfredo Gutiérrez Ortiz se refirió a los efectos que tendría la decisión que tomó la Corte, en el sentido de que varios casos judiciales se caerán, ya que dos ministros tienen posturas de efectos, sin embargo, consideró que no son razones jurídicas para sostener la constitucionalidad de la norma, “no estamos examinando políticas públicas en cuanto a persecución de delitos”.
Al momento de la votación, seis ministros votaron en contra del proyecto del ministro Eduardo Medina Mora, y cinco a favor, por lo que el ministro presidente, Arturo Zaldívar, dijo que por lo delicado del caso el lunes se analizarían los efectos de esta decisión.