/ lunes 10 de mayo de 2021

Juez concede suspensión provisional contra reforma a Ley de Hidrocarburos

El juez Juan Pablo Fierro consideró que los artículos 51, 53 y 57 de dicha ley son susceptibles de suspenderse material y jurídicamente

Un juez federal en materia de competencia concedió una suspensión provisional contra algunos de los artículos modificados en la recientemente aprobada reforma a Ley de Hidrocarburos.

➡️ Prevén cacería de brujas con nueva Ley de Hidrocarburos

El juez Juan Pablo Fierro consideró que los artículos 51, 53 y 57 de la Ley de Hidrocarburos, así como de los artículos cuarto y sexto transitorios del Decreto publicado el 4 de mayo, son susceptibles de suspenderse material y jurídicamente.

“Con base en ese contexto, este Juzgado de Distrito advierte que los artículos que se analizan, podrían llegar a dañar la competencia y la libre concurrencia en los mercados de hidrocarburos, petrolíferos y petroquímicos”, indicó el magistrado.

La suspensión se otorga así ante la posibilidad establecida en la reforma de que los permisos relacionados con el almacenamiento y comercialización de hidrocarburos sean cancelados y las instalaciones de permisionarios ocupadas temporalmente.

De acuerdo con el juez, estas modificaciones, el particular al artículo 57, otorgan una ventaja competitiva en el mercado de los hidrocarburos.

“Al eliminar la posibilidad de que las empresas privadas puedan ser contratadas para manejar y controlar las instalaciones de los permisionarios que sean ocupadas, intervenidas o suspendidas, el artículo 57 de la Ley de Hidrocarburos, brinda exclusividad a Pemex y sus subsidiarias sobre este tipo de contrataciones”, señaló.

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En referencia a los artículos 56, 59 Bis y 86 de la Ley de Hidrocarburos, el juez aseveró que no tienen efectos que sean susceptibles de suspenderse, en tanto que sus consecuencias son futuras de realización incierta.




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“Con base en ese contexto, este Juzgado de Distrito advierte que los artículos que se analizan, podrían llegar a dañar la competencia y la libre concurrencia en los mercados de hidrocarburos, petrolíferos y petroquímicos”, indicó el magistrado.

La suspensión se otorga así ante la posibilidad establecida en la reforma de que los permisos relacionados con el almacenamiento y comercialización de hidrocarburos sean cancelados y las instalaciones de permisionarios ocupadas temporalmente.

De acuerdo con el juez, estas modificaciones, el particular al artículo 57, otorgan una ventaja competitiva en el mercado de los hidrocarburos.

“Al eliminar la posibilidad de que las empresas privadas puedan ser contratadas para manejar y controlar las instalaciones de los permisionarios que sean ocupadas, intervenidas o suspendidas, el artículo 57 de la Ley de Hidrocarburos, brinda exclusividad a Pemex y sus subsidiarias sobre este tipo de contrataciones”, señaló.

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En referencia a los artículos 56, 59 Bis y 86 de la Ley de Hidrocarburos, el juez aseveró que no tienen efectos que sean susceptibles de suspenderse, en tanto que sus consecuencias son futuras de realización incierta.




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