El Consejo de la Judicatura Federal (CJF) publicó en el Diario Oficial de la Federación el acuerdo en el que se establece que los Juzgados Primero y Segundo de Distrito del Centro Auxiliar de la Primera Región, con residencia en la Ciudad de México, serán los encargados de resolver los juicios de amparo en los que se reclamen diversas disposiciones relacionadas con la emisión de comprobantes fiscales de operaciones inexistentes, falsas o actos jurídicos simulados; o bien, que en esa materia se encuentren contenidas en la Ley Federal contra la Delincuencia Organizada, en la Ley de Seguridad Nacional, en el Código Nacional de Procedimientos Penales, en el Código Fiscal de la Federación y en el Código Penal Federal.
El documento señala que dichos juzgados también conocerán de aquellas disposiciones relacionadas con la Ley Federal de Austeridad Republicana, así como con las reformas a la Ley General de Responsabilidades Administrativas y a la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria.
Ante la posibilidad de que las reformas en materia fiscal que se publicaron en noviembre de 2019, ocasionen una presentación masiva de demandas de amparo indirecto, lo que podría provocar un aumento considerable en las cargas de trabajo de los órganos jurisdiccionales, en detrimento del derecho a recibir una justicia pronta y expedita, el CJF decreto que serán los Juzgados Primero y Segundo de Distrito del Centro Auxiliar de la Primera Región, con residencia en la Ciudad de México, los encargado de resolver dichos juicios.
Ante ello, destacó la necesidad de adoptar medidas que brinden solución a esa problemática, por lo que resulta indispensable determinar la concentración de las demandas de amparo en dichos juzgados.
El CJF recalcó que es necesario adoptar medidas que brinden solución a esa problemática, por lo que resulta indispensable determinar la concentración de las demandas de amparo de que se trata en los Juzgados:
- Primero y Segundo de Distrito del Centro Auxiliar de la Primera Región
En estos lugares se tramitarán, resolverán y se harán cargo del cumplimiento de las sentencias que en su caso concedan el amparo y protección de la justicia federal.
Adicionalmente, se considera también indispensable que los recursos que se presenten en los juicios de amparo de la temática de que se trata, sean del conocimiento de los Tribunales Colegiados Primero y Cuarto del Centro Auxiliar de la Primera Región.
Asimismo, los Tribunales Colegiados Primero y Cuarto del Centro Auxiliar de la Primera Región conocerán de los recursos que se interpongan en contra de las determinaciones dictadas en los juicios de amparo, así como de los impedimentos, conflictos competenciales o procedimientos relacionados que pudieran tramitarse.