/ viernes 27 de agosto de 2021

Partidos y gobiernos no podrán solicitar revocación de mandato: INE

Fueron aprobados los lineamientos y se tiene previsto que la revocación de mandato se realice el 27 de marzo de 2022

El Instituto Nacional Electoral (INE) aprobó el proyecto de acuerdo por el que se emiten los lineamientos para la organización de la revocación de mandato, en el cual los partidos, gobiernos y actores políticos no podrán solicitar este mecanismo ni recaudar firmas.

La normativa señala que la organización, desarrollo, coordinación, seguimiento y cómputo de resultados de la revocación de mandato estarán a cargo del INE, además que será el órgano electoral quien aprobará la papeleta y la pregunta que se utilice en este mecanismo de participación ciudadana.

En sesión ordinaria, los integrantes del Consejo General aprobaron el proyecto de acuerdo que establece que el proceso de recolección de firmas para pedir la revocación de mandato iniciará con el aviso de intención del promovente, el cual se realizará ante la autoridad electoral del 1 al 27 de octubre de este año, con la finalidad de que una vez aceptada la solicitud se inicie la recolección de las firmas a partir del 1 de noviembre y concluya el 15 de diciembre.

Asimismo se detalló que la recolección de firmas se realizará mediante una app desarrollada por el INE, en la que, para ser válida, se deberá alcanzar el 3 por ciento de la lista nominal. Con lo aprobado este viernes, se perfila que el INE emita la convocatoria el 12 de enero de 2022, en la cual se establecerá cuándo empieza la promoción y difusión de la jornada.

En ese sentido, se tiene previsto que el ejercicio democrático se realice el 27 de marzo de 2022.

El INE subrayó que para la revocación de mandato, los partidos, agrupaciones y actores políticos podrán promocionar el ejercicio, pero no solicitar este ejercicio o recaudar firmas, ni deberán utilizar recursos públicos o de procedencia ilícita, además de que no deberán contratar propaganda en radio y televisión.

Respecto al costo, la consulta tendría un presupuesto de 3 mil 830 millones de pesos y se planea instalar más de 160 mil casillas y 484 mil funcionarios de casilla, contratación de supervisoras y capacitadores electorales.

Por su parte, el consejero presidente Lorenzo Córdova explicó que el INE tiene conocimiento de que hay avances en el Congreso de la Unión en la elaboración de la Ley Federal de Revocación de Mandato, incluso propuestas de dictamen sobre ella.

“En este sentido, las consejeras y consejeros electorales reiteramos nuestra disposición para adecuar nuestros lineamientos para que sean compatibles con la ley que, en su caso, sea aprobada en el Congreso. Para decirlo de una vez: el INE no pretende legislar ni sustituir al Congreso en sus facultades y atribuciones constitucionales”, indicó.

En su intervención, la consejera Dania Ravel recordó que el Poder Legislativo en la reforma constitucional de 2019 estableció la obligación de la emisión de una ley reglamentaria dentro de los 180 días siguientes a la publicación del decreto, en la cual se debería desarrollar con toda claridad las etapas y procedimientos para la organización de este proceso, lo cual no ha ocurrido a la fecha.

“Aun y cuando no haya ley, nosotros debemos trabajar; en caso contrario, se podría generar una afectación a los derechos de la ciudadanía a participar en el proceso de Revocación de Mandato”, dijo.

El Instituto Nacional Electoral (INE) aprobó el proyecto de acuerdo por el que se emiten los lineamientos para la organización de la revocación de mandato, en el cual los partidos, gobiernos y actores políticos no podrán solicitar este mecanismo ni recaudar firmas.

La normativa señala que la organización, desarrollo, coordinación, seguimiento y cómputo de resultados de la revocación de mandato estarán a cargo del INE, además que será el órgano electoral quien aprobará la papeleta y la pregunta que se utilice en este mecanismo de participación ciudadana.

En sesión ordinaria, los integrantes del Consejo General aprobaron el proyecto de acuerdo que establece que el proceso de recolección de firmas para pedir la revocación de mandato iniciará con el aviso de intención del promovente, el cual se realizará ante la autoridad electoral del 1 al 27 de octubre de este año, con la finalidad de que una vez aceptada la solicitud se inicie la recolección de las firmas a partir del 1 de noviembre y concluya el 15 de diciembre.

Asimismo se detalló que la recolección de firmas se realizará mediante una app desarrollada por el INE, en la que, para ser válida, se deberá alcanzar el 3 por ciento de la lista nominal. Con lo aprobado este viernes, se perfila que el INE emita la convocatoria el 12 de enero de 2022, en la cual se establecerá cuándo empieza la promoción y difusión de la jornada.

En ese sentido, se tiene previsto que el ejercicio democrático se realice el 27 de marzo de 2022.

El INE subrayó que para la revocación de mandato, los partidos, agrupaciones y actores políticos podrán promocionar el ejercicio, pero no solicitar este ejercicio o recaudar firmas, ni deberán utilizar recursos públicos o de procedencia ilícita, además de que no deberán contratar propaganda en radio y televisión.

Respecto al costo, la consulta tendría un presupuesto de 3 mil 830 millones de pesos y se planea instalar más de 160 mil casillas y 484 mil funcionarios de casilla, contratación de supervisoras y capacitadores electorales.

Por su parte, el consejero presidente Lorenzo Córdova explicó que el INE tiene conocimiento de que hay avances en el Congreso de la Unión en la elaboración de la Ley Federal de Revocación de Mandato, incluso propuestas de dictamen sobre ella.

“En este sentido, las consejeras y consejeros electorales reiteramos nuestra disposición para adecuar nuestros lineamientos para que sean compatibles con la ley que, en su caso, sea aprobada en el Congreso. Para decirlo de una vez: el INE no pretende legislar ni sustituir al Congreso en sus facultades y atribuciones constitucionales”, indicó.

En su intervención, la consejera Dania Ravel recordó que el Poder Legislativo en la reforma constitucional de 2019 estableció la obligación de la emisión de una ley reglamentaria dentro de los 180 días siguientes a la publicación del decreto, en la cual se debería desarrollar con toda claridad las etapas y procedimientos para la organización de este proceso, lo cual no ha ocurrido a la fecha.

“Aun y cuando no haya ley, nosotros debemos trabajar; en caso contrario, se podría generar una afectación a los derechos de la ciudadanía a participar en el proceso de Revocación de Mandato”, dijo.

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