Magistrado del TEPJF propone apurar al INE para que resuelva si es legal la reelección de Alito

El magistrado Rodríguez Mondragón estableció que al INE le corresponde el analizar las reformas de los partidos, previo a la intervención del TEPJF

Fernando Merino / El Sol de México

  · jueves 18 de julio de 2024

Reyes Rodríguez Mondragón , magistrado del TEPJF a cargo del proyecto de las impugnaciones a las reformas estatutarias del PRI. Foto: Mario Jasso / Cuartoscuro.com

El magistrado Reyes Rodríguez Mondragón, del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF), hizo público un proyecto en el que propone dar 10 días al Instituto Nacional Electoral (INE) para determinar si es legal la modificación de los estatutos del PRI que permiten a Alejandro Moreno Cárdenas reelegirse en la presidencia del partido.

Si el proyecto es avalado por el Pleno del TEPJF, para lo cual no se requiere sesionar, las impugnaciones que presentaron militantes de PRI contra las reformas a los estatutos serían declaradas improcedentes y reencauzadas al INE, instancia que tendrá hasta el 11 de agosto para analizar la constitucionalidad y legalidad de las reformas que fueron avaladas el 7 de julio por la Asamblea Nacional del PRI.

¿Por qué el INE debería intervenir en los deseos de reelección de Alito Moreno?

En su proyecto, el magistrado explica que al INE le corresponde analizar las reformas estatutarias de los partidos políticos y las modificaciones normativas que deriven de ello, con la finalidad de declarar su procedencia constitucional y legal, previo a la intervención del TEPJF.

Los militantes impugnaron las reformas a los estatutos del PRI y enfatizaron que no se pueden modificar una vez iniciado un proceso electoral y cuando esté en curso, pues vulnera lo establecido en el artículo 34 de la Ley General de Partido Políticos.

Por lo anterior, el magistrado Rodríguez Mondragón estimó pertinente que el INE se pronuncie sobre dicho aspecto como de previo y especial pronunciamiento, pues de actualizarse la violación alegada, sería innecesario analizar la constitucionalidad y legalidad de las reformas estatutarias desde una óptica material o de contenidos.

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