La Secretaría de la Función Pública (SFP) aseguró que la inhabilitación para ejercer cargos públicos por 10 años, impuesta contra Luis Videgaray Caso, exsecretario de Hacienda y Crédito Público (SHCP), no son una “mera especulación” ya que la omisión de reportar saldos en cuentas “constituye una falta administrativa grave”.
Así lo aseguró la secretaría mediante una tarjeta informativa en la que precisó que las cuentas que ocultó Videgaray en su declaración contaban con saldos que no fueron debidamente declarados, razón por la cual fue inhabilitado “por acreditarse la falta de veracidad en sus declaraciones patrimoniales de tres años consecutivos”.
“La omisión de reportar saldos en cuentas constituye una falta administrativa grave, que vulnera la integridad y la ética en el servicio público, y ésta fue reiterada durante los años señalados”, señaló la Función Pública.
Esto ocurre luego de que el exfuncionario priista informó su decisión de impugnar la inhabilitación de la SFP, tras asegurar que la omisión de sus cuentas bancarias en realidad fueron tarjetas de crédito que no tenían saldo deudor a la fecha de reporte de cada declaración, por lo tanto, consideró, no incurrió en ninguna ilegalidad.
“Es importante destacar que, en el oficio mediante el cual fui notificado de la resolución, la propia SFP expresamente reconoce que yo no obtuve ningún beneficio o lucro derivado de la supuesta falta de veracidad en las declaraciones, y que no se generó ningún daño o perjuicio económico”, explicó en un mensaje publicado en su cuenta de Twitter.
En ese sentido la Función Pública especificó que la sanción se aplicó con base en la Ley Federal de Responsabilidades Administrativas de los Servidores Públicos (LFRASP) “en un procedimiento sancionador administrativo culminado; no se trata de una mera acusación”.
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Por ello dio la bienvenida a la impugnación anunciada por el exsecretario de Hacienda y de Relaciones Exteriores durante el sexenio del expresidente Enrique Peña Nieto “donde defenderemos la legalidad y pulcritud de nuestra sanción”.