Diputados del PAN, PRI, PRD y Movimiento Ciudadano presentaron una Acción de Inconstitucionalidad en contra de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal (LOAPF), porque viola el principio de legalidad y principios de la democracia representativa, así como la soberanía de entidades federativas y de los organismos autónomos como la Comisión Reguladora de Energía (CRE).
La acción de inconstitucional fue presentada ante la Suprema Corte de Justicia de Nación (SCJN) por los coordinadores del grupo parlamentario del Partido Acción Nacional, Juan Carlos Romero Hicks, junto con los líderes de las bancadas del PRI, René Juárez Cisneros, de Movimiento Ciudadano, Itzcóatl Tonatiuh Bravo Padilla y del PRD, Ricardo Gallardo Cardona.
El documento recibido en la Suprema Corte de Justicia de la Nación la tarde del 26 de diciembre de 2018, argumenta cinco puntos que, a decir de los legisladores, demuestran las violaciones que se cometieron al aprobar diversos cambios en la citada Ley.
Los diputados aseguran que la Ley Orgánica viola el principio de legalidad y principios de la democracia representativa, fundamentalmente el principio deliberativa, derivado del procedimiento legislativo en el que se aprobó el decreto de reformas a diversos artículos de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal.
El dictamen aprobado fue realizado después de un procedimiento viciado, que impidió el cumplimiento de las formalidades de la la ley orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos así como el Reglamento de la Cámara de Diputados, vulnerando los principios de la democracia representativa, fundamental de las actividades de cualquier Asamblea democrática, según el documento presentando en la Corte.
Los legisladores argumentaron varias inconsistencias como que, pese a que el 13 de noviembre se levantó la sesión, el mismo día en una sesión ordinaria nueva y posterior a la anterior, se aprobó indebidamente la LOAPF.
Los legisladores de PAN, PRI, MC y PRD nuevamente manifestaron su inconformidad por la nueva figura de superdelegados y denunciaron la aparición de un sistema netamente centralista que, afirman, rompe con lo más esencial del sistema federal: la autonomía de las entidades federativas y la descentralización política.
La creación de los superdelegados genera un estado generalizado de incertidumbre, en perjuicio de los principios de legalidad y seguridad jurídica, agrega.
Se les asigna un amplio margen de discrecionalidad para operar y crear su propia estructura en torno a los programas que entregan beneficios sociales directos a la población. Sin la previsión de mecanismos de control y garantías institucionales.
La permisión al superdelegado para crear su ejército de funcionarios adscritos a esta labor, se abre un gran espacio para el ejercicio arbitrario del poder, manifiestan.
Las bancadas que presentan esta Acción también destacaron que resulta inconstitucional la adición propuesta al artículo 33, fracción XXI, estableciendo que la Secretaría de Energía coordinará con la Comisión Reguladora de Energía la determinación de las tarifas reguladas de los servicios establecidos en la Ley de la Industria Eléctrica.
La modificación propuesta contraviene el mandato constitucional mediante el cual se otorga autonomía técnica a los órganos reguladores coordinado en materia de energía, apartándose del espíritu previsto que sean estos órganos los que fijen de manera independiente las diversas cuestiones técnicas que implica la implementación de las disposiciones en materia de energía, apartados de decisiones políticas que puedan generar distorsiones en los mercados e incidir directamente en la competitividad como política pública y el derecho de la competencia económica y a la libre concurrencia de todos los participantes en el mercado eléctrico.