La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) determinó como una obligación de los empleadores otorgar seguridad social a las personas trabajadoras del hogar, al determinar que es inconstitucional que estos las inscriban de manera voluntaria.
Durante su sesión de hoy, el pleno de la Segunda Sala del Alto Tribunal aprobó por unanimidad el proyecto del ministro Alberto Pérez Dayán, y determinó que es inconstitucional que los patrones no estén obligados a inscribir a las empleadas domésticas en el IMSS.
"Es discriminatorio"
La Segunda Sala de la SCJN avaló el proyecto en el que propone declarar inconstitucional el artículo 13 de la Ley del Seguro Social, en el que se prevé que los trabajadores domésticos podrán ser asegurados voluntariamente, ya considera que al ser excluidas del régimen obligatorio del Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS), resulta violatorio del derecho humano a la seguridad social en igualdad de condiciones.
“En efecto, la cobertura voluntaria 'carece de efectividad, toda vez que recarga en la trabajadora doméstica la difícil tarea de convencer al empleador para inscribirse en el seguro social', explica en el proyecto; mientras detalla que de acuerdo con la Organización Internacional del Trabajo.
“El carácter obligatorio de la afiliación juega un papel fundamental para la extensión de la cobertura”, ya que afirma los casos de mayores índices de cobertura efectiva corresponden a su carácter obligatorio.
“En la experiencia internacional ‘la cobertura voluntaria resulta ineficaz y, por el contrario, la afiliación obligatoria a la seguridad social resulta altamente conveniente y eficaz para un sector como el del trabajo doméstico” considerado usualmente como parte de los ‘grupos de difícil cobertura", acota el ministro ponente.
IMSS tendrá que realizar un plan
Además, los ministros integrantes de la Según Sala concluyeron dar a conocer al IMSS sobre los vacíos legales que existen dentro de la Ley del Seguro Social para que éste instrumente una política y programa piloto que diseñe y ejecute un régimen de seguridad social que solvente este problema.
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Así mismo, se contempla que en un plazo no mayor a 18 meses a partir de la implementación del referido programa piloto, “el MSS, acorde a sus capacidades técnicas, operativas y presupuestales, se encuentre en aptitud de proponer al Congreso de la Unión las adecuaciones normativas necesarias para la incorporación formal del nuevo sistema especial de seguridad social para las trabajadoras del hogar, en forma gradual, y en ese tenor, en un plazo no mayor a tres años, se logre obtener la seguridad social, efectiva, robusta y suficiente a la totalidad de las empleadas domésticas”.
"Empleador no tenía la obligación"
Es de señalar que anteriormente, el proyecto del ministro Pérez Dayán consideraba en su ponencia que el empleador no tenía la obligación de brindarle este derecho al trabajador del hogar, por lo que fue retirado del pleno de la Segunda Sala y celebrado por diversas organizaciones de la sociedad civil que habían denunciado retroceso en el reconocimiento de los derechos laborales para este sector.