Las personas que adeuden la pensión alimenticia de sus hijos o hijas en un periodo mayor a 90 días no podrán salir del país, solicitar una licencia de conducir o hacer trámites, esto, luego de que el Senado aprobara el Registro Nacional de Obligaciones Alimentarias este miércoles.
La resolución será turnada al Ejecutivo pero implicaría además que el registro de deudores alimentarios sea público y del mismo modo, será una obligación para los tres órdenes de gobierno establecer como requisito la presentación de certificado de no inscripción en dicho registro.
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¿Qué trámites se negarán a los deudores?
Asimismo negará a los deudores la obtención de:
- licencias y permisos para conducir
- pasaporte o documento de identidad y viaje
- participar como candidatos a cargos concejiles y de elección popular
- participar en procesos de selección para asumir el cargo de juez o magistrado en el ámbito local y federal
- trámites realizados ante notario público relativos a la compraventa de inmuebles y la constitución o transmisión de derechos reales
- solicitudes de matrimonio en donde el juez deberá hacer del conocimiento de los contrayentes si alguno se encuentra en el Registro y la situación que guarda respecto a sus obligaciones
- restricciones migratorias
Esto, con el objetivo de impedir que las personas inscritas en el Registro Nacional de Obligaciones Alimentarias puedan salir del país cuando sean deudoras morosas o existan medios de prueba que le permitan a la persona juzgadora determinar la existencia de un riesgo importante de que la salida del país sea utilizada como un medio de evasión de pago.
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Esta ley garantizará los derechos de niñas, niños y adolescentes en materia de pensión alimenticia, y por tanto, ello incide en ámbitos como la salud, educación, recreación y formación.
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