Esto es lo que se necesita para pedir la revocación de mandato de AMLO

Quienes quieren ver a AMLO fuera de Palacio Nacional deben reunir 2.7 millones de firmas solo para que la solicitud proceda; y para que su salida sea una realidad, debe votar 40% de la lista nominal, la mayoría a favor de que se vaya

Saúl Hernández | El Sol de México

  · martes 14 de abril de 2020

Foto: Cuartoscuro

En medio de la emergencia sanitaria por el coronavirus, el tema de la revocación de mandato del Presidente de México volvió a colocarse en la agenda pública. En su conferencia mañanera de este 14 de abril, Andrés Manuel López Obrador ofreció a sus opositores adelantar el proceso de revocación de mandato para el año 2021, en lugar del 2022, como se tenía legalmente programado.

El tema revivió con el descontento del sector empresarial por la forma en que el gobierno de AMLO ha lidiado con la crisis de salud y económica, consecuencia de la pandemia.

En un encuentro virtual el pasado 7 de abril, el presidente del Consejo Coordinador Empresarial (CCE), Carlos Salazar Lomelín, sugirió a más de 4 mil representantes del sector privado canalizar su inconformidad con el tabasqueño por la vía democrática y esperar a las elecciones de revocación de mandato de 2022.

“¿Crees que hemos llegado al punto de decirle a AMLO corrige o te vas?”, fue la pregunta de uno de los empresarios que revivió la posibilidad de acortar el periodo de gobierno de López Obrador mediante esta figura jurídica que, dicho sea de paso, fue propuesta y aprobada por la 4T.

Días después, el ex presidente Felipe Calderón indicó que su organización política México Libre se organiza para quitarle a Morena la mayoría en el Congreso, en las elecciones intermedias de 2021, y luego participar en la revocación de mandato en 2022. "Ese es el camino, no hay otro", señaló el ex panista.

La revocación de mandato es una figura de democracia directa que permite a los ciudadanos, a través de una elección, decidir si un funcionario electo popularmente continúa o no su periodo de gobierno. A través de su voto, el ciudadano califica a su representante y decide si lo mantiene en el cargo o le exige su renuncia.

La Cámara de Diputados aprobó en noviembre de 2019 las reformas constitucionales para incluir esta figura jurídica, misma que fue una promesa de campaña de López Obrador.

En el caso del Presidente de la República, de acuerdo con el artículo 35 fracción IX de nuestra Carta Magna, solo el Instituto Nacional Electoral (INE) está facultado para aplicar la revocación de mandato previa solicitud de los ciudadanos.

Esta se puede pedir al órgano autónomo en una sola ocasión y durante los tres meses posteriores a la conclusión del tercer año del periodo constitucional del mandatario.

La solicitud solo será válida si está respaldada por las firmas de 3 por ciento de los mexicanos inscritos en la lista nominal de electores, lo que actualmente equivaldría a 2 millones 701 mil 91 ciudadanos mayores de 18 años.

Pero eso no es todo. Además el respaldo debe provenir de por lo menos 17 entidades federativas. Es decir, que aunque se reúnan las 2.7 millones de firmas, si estas no emanan de por lo menos 17 estados, la solicitud no procede.

¿Eso significa que se puede recabar el grueso del apoyo en una o dos entidades y completar con algunas decenas más el requisito de los 17 estados? Tampoco. La ley establece que la solicitud de revocación, además de cumplir con un requisito de representatividad nacional, debe cumplir con uno de representatividad estatal.

En otras palabras, los solicitantes no solo deben corresponder al 3 por ciento de la lista nominal nacional, sino también al mismo porcentaje de la lista nominal de cada entidad que se sume a la petición de revocación de mandato.

Y todo esto, solo para que la solicitud proceda.

Para que la revocación sea válida, deben participar en el proceso por lo menos 40 por ciento de las personas inscritas en la lista nominal, es decir, 36 millones 14 mil 547 ciudadanos. Y la revocación solo procederá si gana por mayoría absoluta.

En un escenario donde participe el 40 por ciento de los electores, la revocación de mandato se aprobaría con el voto de 18 millones 7 mil 273 ciudadanos. En ese caso, López Obrador tendría que dejar el poder por mandato constitucional.

Evidentemente, entre más ciudadanos participen, más serán los votos que requerirán los promotores de la revocación para ver a AMLO fuera de Palacio Nacional.

2021 o 2022

Durante la videoconferencia del 7 de abril, Salazar Lomelín pidió a todos los empresarios que piden la remoción de AMLO organizarse para el ejercicio democrático que por ley debe realizarse hasta 2022.

“Si alguien cree que esa es la forma, por favor organícense: quisiera (que) también la parte política del país saliera a hacer su trabajo; nuestro trabajo es apoyar a las Pymes, salvar los empleos, ¿creen ustedes que se va a lograr algo por salir y decir que se vaya? Si es lo que queremos, pues unámonos, nomás que debemos tener a 30 millones de mexicanos detrás de nosotros…”, señaló el líder de la cúpula empresarial.

El escenario de 30 millones de apoyos planteado por Lomelín supondría que participaría en la votación un universo de 75 millones de mexicanos.

La Constitución establece que la revocación de mandato del Presidente de la República debe realizarse mediante votación libre, directa y secreta de ciudadanos y ciudadanas inscritas en la lista nominal, el domingo siguiente a los noventa días posteriores a la convocatoria y en fecha no coincidente con las jornadas electorales (federal o locales).

Sin embargo, AMLO se dijo dispuesto a enviar una iniciativa para adelantar el proceso a 2021.

El INE es el encargado de la organización, desarrollo y cómputo de la votación, así como de la emisión de los resultados.

Como en cualquier elección federal, los resultados pueden ser impugnados ante la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación, quien tendrá la palabra final sobre el resultado del ejercicio democrático.

En las reformas de noviembre de 2019, el Congreso de la Unión también aprobó revocaciones de mandato en el caso de los gobernadores y la jefa de Gobierno de la Ciudad de México, pero estos procesos se rigen conforme a las constituciones locales de cada entidad.