Durante la sesión la Cámara de Diputados de este jueves se declaró constitucionalidad para la creación de la Guardia Nacional, luego que fue avalada por el Congreso de Yucatán, el último de los 32 que ratificó la reforma constitucional para esta corporación, como lo deseaba el presidente de la República, Andrés Manuel López Obrador.
Declarada la constitucionalidad el proyecto será turnado al Senado de la República para el mismo efecto.
El presidente de la Junta de Coordinación Política (Jucopo)de la Cámara de Diputados, Mario Delgado Carrillo, expresó: “El consenso con el que se aprobó, es el arma de más alto poder con la que estamos dotándola para enfrentar el reto de la inseguridad”.
Con este trámite el pleno del Congreso de la Unión conocerá el trámite constitucional para la creación de esta corporación a fin de que el país cuente con una institución policial de carácter civil, cuyo propósito será salvaguardar los bienes y recursos de la nación.
Además, se estipula que durante los cinco años siguientes a la entrada en vigor del decreto, en tanto la Guardia Nacional desarrolla su estructura, capacidades e implantación territorial, el Presidente de la República podrá disponer de la Fuerza Armada permanente en tareas de seguridad pública.
Aunque esta reforma constitucional desde la semana pasada logró el apoyo de los 17 Congresos locales, fue deseo del presidente López Obrador que se hiciera su declaratoria una vez que reuniera la unanimidad de todos.
La reforma establece también que los gobernadores de los estados presentarán ante el Consejo Nacional de Seguridad Pública, en un plazo que no podrá exceder de 180 días a partir de la entrada en vigor del decreto, el diagnóstico y programa para el fortalecimiento del estado de fuerza y capacidades institucionales de sus respectivos cuerpos policiales, estatales y municipales.
Asimismo, el Congreso de la Unión, dentro de los 60 días naturales siguientes a la entrada en vigor del decreto, “expedirá la Ley de la Guardia Nacional, y las leyes nacionales que reglamenten el uso de la fuerza y registro de detenciones, dentro de los 90 días naturales”.