La Secretaría de Economía (SE), liderada por Tatiana Clouthier, suspendió actividades de algunas unidades administrativas debido al incremento de contagios de Covid-19 entre sus funcionarios.
Según el Acuerdo, publicado en el Diario Oficial de la Federación (DOF) está mañana, el “objeto (de) suspender los términos de los trámites, servicios y procedimientos de la Secretaría de Economía (es) derivado del incremento de casos confirmados de servidores públicos que han dado positivo al virus SARS-CoV-2 (COVID-19) en las mismas”.
¿Qué pasará con los trámites al suspender labores?
Uno de los órganos que suspenden los términos de los trámites y procedimientos son la Dirección General de Facilitación Comercial y de Comercio Exterior.
En específico se refiere a los que tienen que ver con el Fomento de la Industria Manufacturera, Maquiladora y de Servicios de Exportación, Programas de Promoción Sectorial y por el que se establece la devolución de impuestos de importación a los exportadores.
“Durante esta suspensión de términos los días se considerarán como inhábiles para todos los efectos legales, por lo que en ese periodo no correrán los plazos de los trámites antes señalados, tanto para la Secretaría de Economía como para las partes”, señala el acuerdo.
Los trámites que se reciban por cualquier otro medio serán tomados como recibidos al día hábil inmediato después del regreso a actividades, que sucederá 30 días hábiles después de hoy.
De igual manera informó que se suspenden la totalidad de las actividades de la Unidad de Apoyo Jurídico, de la Dirección General de Procedimientos Constitucionales y Legales y de la Coordinación de lo Contencioso, en lo que respecta a la defensa y representación de los intereses de la Secretaría.
“(Estas) deberán abstenerse de recibir promociones, demandas, juicios de amparo, emplazamientos, requerimientos judiciales, así como cualquier otra notificación proveniente de las autoridades jurisdiccionales, contencioso administrativas, administrativas y del trabajo en todos sus ámbitos de competencia” durante los próximos 15 días hábiles.
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Para la atención de los asuntos en los que ya se encuentre transcurriendo algún término procesal, la SE determinó que se deberán realizar las acciones conducentes para el oportuno desahogo del asunto, ya sea a través de medios remotos o bien de forma extraordinaria, mediante el establecimiento de guardias de personal.
En este caso, las guardias deberán limitarse al personal estrictamente necesario para la atención del asunto de que se trate.