Con el objetivo de que sea cumplan los criterios de eficiencia, economía, transparencia, honradez y se respeten los topes presupuestales, la Secretaría de Gobernación será la entidad pública la que administre el gasto en materia de comunicación social.
Además, se establece que la dependencia sea la encargada de emitir anualmente los lineamientos para las Estrategias, Programas Anuales y Campañas de Comunicación Social y las reglas relativas a la difusión de las campañas de carácter industrial, comercial, mercantil y de promoción y publicidad que promuevan o publiciten la venta de productos o servicios que generan algún ingreso para el Estado, y que estas últimas, no podrán difundirse en los Tiempos Oficiales asignados previamente.
En ese sentido y bajo los términos del artículo 27 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, a la Secretaría de Gobernación le corresponde, elaborar e instrumentar la normatividad aplicable, conforme a la Constitución y las leyes, en materia de comunicación social del Gobierno Federal y las relaciones con los medios masivos de información.
Además, también puede administrar, salvo lo establecido en las leyes electorales, el tiempo de que dispone el Estado en radio y televisión, así como autorizar, supervisar y evaluar los programas de comunicación social y publicidad de las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal.
En el texto se establece que la Política de Comunicación Social del Gobierno Federal será emitida por la Oficina de la Presidencia de la República que tiene por objeto regular la planeación, organización, coordinación, asignación, contratación y control de espacios destinados a las campañas de publicidad oficial, contenidos de publicidad oficial o cualquier equiparable que busque promover la actividad del Estado que por cualquier modalidad de comunicación realicen las dependencias y entidades.