El Senado de la República aprobó este martes eliminar los Esfuerzos para Corregir la Orientación Sexual y la Identidad de Género de las personas, también conocidas como “terapias de reconversión”.
Tras permanecer por más de tres años “congeladas”, las reformas al Código Penal Federal y a Ley General de Salud fueron aprobadas por una amplia mayoría de 69 votos a favor, dos en contra y 16 abstenciones los senadores prohibieron estas prácticas por considerarlas violatorias de derechos humanos.
La única fracción parlamentaria que se abstuvo y votó en contra fue la panista, la cual señaló estar a favor de la eliminación de estas prácticas cuando son obligatorias, pero pidió mantenerlas para las personas mayores de edad que quieran recibir una terapia o una opinión de algún experto de manera voluntaria.
Las llamadas “terapias de reconversión” son un método por el cual se busca que una persona no heterosexual “vuelva a serlo”, bajo el supuesto de que su preferencia o identidad sexual se puede “arreglar” mediante prácticas médicas, psiquiátricas o incluso religiosas.
La iniciativa que ahora pasará a ser discutida en la Cámara de Diputados contempla penas de dos a seis años para quien obligue, aplique o financie cualquier tipo de “tratamiento” o “terapia” con el objetivo de restringir, impedir o suprimir la orientación sexual, identidad o expresión de género de una persona.
Esta pena ascendería hasta los 12 años en caso de que se que realice en contra de un menor, adulto mayor o persona con discapacidad.
Para las personas que en ejercicio del servicio profesional lleven a cabo estas prácticas se contempla, además, la suspensión para poder ejercer de uno a tres años, por lo que el senador del PAN, Damián Zepeda, advirtió que ningún psicólogo va a querer dar ninguna opinión del tema por temor de que lo metan a la cárcel.