/ jueves 12 de marzo de 2020

Senado avala siete leyes para erradicar violencia política contra mujeres

El Pleno de la Cámara de Senadores dedicó la sesión a promover acciones legislativas que protejan a las mujeres

Por unanimidad, con 101 votos, el Senado de la República aprobó la minuta que reforma siete leyes para prevenir, sancionar y erradicar la violencia política en contra de las mujeres, así como establecer medidas de protección y reparación del daño.

El Pleno de la Cámara de Senadores dedicó la sesión a promover acciones legislativas que protejan, amplíen y salvaguarden los derechos de las mujeres y niñas, en el marco del Día Internacional de las Mujeres.

Entre los cambios, a quien a quien cometa el delito de violencia política contra las mujeres en razón de género, se le impondrán de dos a siete años de prisión y de doscientos a cuatrocientos días multa.

Foto: Mauricio Huizar | El Sol de México

Las y los senadores modificaron el proyecto enviado por la Cámara de Diputados para precisar que la violencia política, en razón de género, es toda acción u omisión, ejercida dentro de la esfera pública o privada, que tenga por objeto limitar, anular o menoscabar el ejercicio efectivo de los derechos políticos y electorales de una o varias mujeres.

También, el impedir a las mujeres el acceso al pleno ejercicio de las atribuciones inherentes a su cargo, labor o actividad, el libre desarrollo de la función pública, la toma de decisiones, libertad de organización, así como el acceso y ejercicio a las prerrogativas correspondientes a una precandidatura, candidatura o a un cargo público.

Foto: Mauricio Huizar | El Sol de México

Explicaron que hay acciones u omisiones que se basan en elementos de género, cuando se dirigen a una persona por su condición de mujer; le afecten desproporcionadamente o tengan un impacto diferenciado en ella, tratándose de precandidaturas, candidaturas o cargos públicos del mismo tipo.

El documento especifica que la violencia política contra las mujeres puede expresarse al restringir o anular su derecho al voto libre y secreto, obstaculizar sus derechos de asociación y afiliación a todo tipo de organizaciones, impedir su registro como candidatas, realizar o distribuir propaganda política o electoral que calumnie, degrade o descalifique a una candidata basándose en estereotipos de género, entre otras prácticas.

La minuta, que modifica las leyes generales de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, de Instituciones y Procedimientos Electorales, del Sistema de Medios de Impugnación en Materia Electoral, de Partidos Políticos, en Materia de Delitos Electorales, así como las leyes orgánicas de la Fiscalía General de la República y del Poder Judicial de la Federación, fue devuelta con cambios a la Cámara de Diputados para sus efectos constitucionales.

Por unanimidad, con 101 votos, el Senado de la República aprobó la minuta que reforma siete leyes para prevenir, sancionar y erradicar la violencia política en contra de las mujeres, así como establecer medidas de protección y reparación del daño.

El Pleno de la Cámara de Senadores dedicó la sesión a promover acciones legislativas que protejan, amplíen y salvaguarden los derechos de las mujeres y niñas, en el marco del Día Internacional de las Mujeres.

Entre los cambios, a quien a quien cometa el delito de violencia política contra las mujeres en razón de género, se le impondrán de dos a siete años de prisión y de doscientos a cuatrocientos días multa.

Foto: Mauricio Huizar | El Sol de México

Las y los senadores modificaron el proyecto enviado por la Cámara de Diputados para precisar que la violencia política, en razón de género, es toda acción u omisión, ejercida dentro de la esfera pública o privada, que tenga por objeto limitar, anular o menoscabar el ejercicio efectivo de los derechos políticos y electorales de una o varias mujeres.

También, el impedir a las mujeres el acceso al pleno ejercicio de las atribuciones inherentes a su cargo, labor o actividad, el libre desarrollo de la función pública, la toma de decisiones, libertad de organización, así como el acceso y ejercicio a las prerrogativas correspondientes a una precandidatura, candidatura o a un cargo público.

Foto: Mauricio Huizar | El Sol de México

Explicaron que hay acciones u omisiones que se basan en elementos de género, cuando se dirigen a una persona por su condición de mujer; le afecten desproporcionadamente o tengan un impacto diferenciado en ella, tratándose de precandidaturas, candidaturas o cargos públicos del mismo tipo.

El documento especifica que la violencia política contra las mujeres puede expresarse al restringir o anular su derecho al voto libre y secreto, obstaculizar sus derechos de asociación y afiliación a todo tipo de organizaciones, impedir su registro como candidatas, realizar o distribuir propaganda política o electoral que calumnie, degrade o descalifique a una candidata basándose en estereotipos de género, entre otras prácticas.

La minuta, que modifica las leyes generales de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, de Instituciones y Procedimientos Electorales, del Sistema de Medios de Impugnación en Materia Electoral, de Partidos Políticos, en Materia de Delitos Electorales, así como las leyes orgánicas de la Fiscalía General de la República y del Poder Judicial de la Federación, fue devuelta con cambios a la Cámara de Diputados para sus efectos constitucionales.

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