El Pleno del Senado concedió a la Cámara de Diputados suspender sus sesiones ordinarias a partir del 20 de marzo por más de tres días, de acuerdo al artículo 68 de la Constitución Política.
"El artículo 68 establece que las dos Cámaras residirán en un mismo lugar y no podrán trasladarse a otro sin que antes convengan en la traslación y en el tiempo y modo de verificarla, designando un mismo punto para la reunión de ambas.
Pero si conviniendo las dos en la traslación, difieren en cuanto al tiempo, modo y lugar, el Ejecutivo terminará la diferencia, eligiendo uno de los dos extremos en cuestión. Ninguna Cámara podrá suspender sus sesiones por más de tres días, sin consentimiento de la otra".
Lo anterior, tras votar a favor del oficio de la colegisladora, dirigido a la presidenta de la Mesa Directiva, Mónica Fernández Balboa, en el que se informa la necesidad de suspender las sesiones ordinarias a partir del viernes 20 de marzo y hasta en tanto no se requiera sesionar por alguna causa excepcional.
De igual manera, hasta que no disminuyan los riesgos de contagio derivados de la pandemia de Covid-19, durante el traslado y reunión de más de 500 personas en un lugar cerrado.