La pandemia del Covid-19 trajo nuevas formas de trabajar con las tecnologías a una velocidad vertiginosa, desde los celulares inteligentes hasta las plataformas de reuniones virtuales, por eso los senadores aprobaron una reforma llamada “desconexión digital’’, para reducir las jornadas laborales en días de descanso o festivos.
El dictamen que fue enviado a la Cámara de Diputados, destaca que el Covid obligó a las empresas, instituciones gubernamentales y otros sectores productivos, a enviar a sus casas a sus empleadas y empleados para que desde ahí laboraran.
El uso de teléfonos celulares que cuentan con todas las herramientas de conexión -desde correos electrónicos, videollamadas, salas de conversación y acceso a internet, entre otros- ha llevado a una forma de trabajo de total disponibilidad las 24 horas de los siete días de la semana.
De acuerdo al proyecto, esto último, trae diversas consecuencias en la vida de la clase trabajadora, siendo la más importante la vida familiar, ya que las personas se ven obligadas a dejar de atender a su familia por encontrarse siempre atentas a esta conexión laboral vía digital. Y en la vida personal, se genera una serie de condiciones psicológicas, como el estrés, ya que no se cuenta con un descanso adecuado, al estar pendiente siempre de sus responsabilidades laborales.
La reforma a la Ley Federal del Trabajo fue por unanimidad de los senadores, con lo que se establece el derecho de las y los trabajadores a la desconexión digital, y así asegurar el respeto de su tiempo de descanso, permisos, vacaciones e intimidad personal y familiar, fuera de la jornada laboral establecida.
En el dictamen, que se deriva de una iniciativa que presentó el senador Ricardo Monreal Ávila, se destaca que en un mundo “ultraconectado” son cada vez más los países y empresas que respaldan las leyes para reestablecer un claro límite entre el trabajo y la vida personal.
Con 116 votos a favor, el Pleno validó el derecho de la clase trabajadora para desconectarse y abstenerse de participar en comunicaciones electrónicas relacionadas con su empleo, como correos y mensajes electrónicos, llamadas u otras modalidades de comunicación, durante horas no laborales.
La adición al artículo 68 bis a la LFT prevé que la regulación, así como las modalidades de la desconexión digital atiendan la naturaleza de la relación laboral y privilegien la conciliación del trabajo con la vida personal.
En este sentido, se sujetarán a lo especificado en la negociación colectiva o en lo acordado entre el patrón y los representantes de las y los trabajadores.
Señala que el patrón elabore, en coordinación con dichos representantes, una política interna dirigida a los empleados, incluidos los puestos directivos, que defina las modalidades para la desconexión.
Además, de las acciones para la sensibilización del personal sobre el uso razonable de las herramientas tecnológicas, que eviten el riesgo de fatiga u otros problemas de salud.
También incluirá los mecanismos para prevenir y sancionar los actos hostiles que pudieran suscitarse cuando la o el trabajador ejerza su derecho a la desconexión digital, así como los actos que segreguen al personal o impliquen afectaciones a las prestaciones a que tengan derecho.
Monreal Ávila refirió que, según datos de la Asociación de Internet, México tiene un alto porcentaje de las horas dedicadas al trabajo en casa, ya que 70 por ciento de los encuestados aseguran que laboran más horas bajo este esquema.
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Advirtió que la presión por responder a los correos electrónicos, mensaje de texto o llamadas telefónicas, equivale al trabajo no remunerado y a una violación de los derechos humanos.
El presidente de la Comisión de Trabajo y Previsión Social, Napoleón Gómez Urrutia, subrayó que el home office o teletrabajo se volvió una alternativa para mantener los empleos durante la crisis sanitaria. No obstante, las necesidades de los empleadores eliminaron, en algunos casos, la línea divisoria entre el tiempo obligatorio de trabajo y el derecho al descanso.
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