/ miércoles 10 de marzo de 2021

TEPJF confirma medidas cautelares a Morena por proselitismo con vacunas anticovid

El Tribunal Electoral consideró válida la denuncia por la que Morena hace una apropiación de programas sociales para su beneficio electoral

La Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) confirmó el acuerdo del Instituto Nacional Electoral (INE) por el que avaló dictar medidas cautelares contra Morena por utilizar para su beneficio, el programa de vacunación contra Covid-19.

En sesión privada, las y los magistrados consideraron que el acuerdo no contraviene las disposiciones legales ya que, desde una perspectiva preliminar, los hechos denunciados sí pueden ser contrarios a las disposiciones constitucionales y legales, en virtud de que aparentemente se está en presencia de una indebida apropiación de programas sociales -como es la campaña de vacunación contra el Covid-19- para posicionar a Morena como partido político nacional, en el marco del proceso electoral en curso.

El pasado 12 de febrero, el Partido Acción Nacional denunció a Morena por la supuesta realización de padrones o registros de beneficiarios para acceder a programas de gobierno, así como por el presunto uso y aprovechamiento de ese tipo de programas durante el actual proceso electoral, particularmente por cuanto hace al programa de vacunación contra el Covid-19.

En la denuncia solicitó el dictado de medidas cautelares a fin de que se ordenara la inmediata suspensión de la elaboración o actualización de los padrones de beneficiarios para el acceso a los programas sociales.

Al atender la queja, el Instituto Nacional Electoral ordenó a Morena abstenerse de realizar, ordenar o participar en ese tipo de actos, y no relacionarse con los programas sociales o gubernamentales; además le instruyó llevar a cabo gestiones para informar e instruir a sus militantes, el personal que labora para el partido, simpatizantes y voluntarios que realicen labores de campo en beneficio del instituto político, a que no se ostenten funjan o señalen que actúan, directa o indirectamente, en nombre de cualquier ente público o gubernamental, ni soliciten información de la credencial para votar.

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En sesión privada, las y los magistrados consideraron que el acuerdo no contraviene las disposiciones legales ya que, desde una perspectiva preliminar, los hechos denunciados sí pueden ser contrarios a las disposiciones constitucionales y legales, en virtud de que aparentemente se está en presencia de una indebida apropiación de programas sociales -como es la campaña de vacunación contra el Covid-19- para posicionar a Morena como partido político nacional, en el marco del proceso electoral en curso.

El pasado 12 de febrero, el Partido Acción Nacional denunció a Morena por la supuesta realización de padrones o registros de beneficiarios para acceder a programas de gobierno, así como por el presunto uso y aprovechamiento de ese tipo de programas durante el actual proceso electoral, particularmente por cuanto hace al programa de vacunación contra el Covid-19.

En la denuncia solicitó el dictado de medidas cautelares a fin de que se ordenara la inmediata suspensión de la elaboración o actualización de los padrones de beneficiarios para el acceso a los programas sociales.

Al atender la queja, el Instituto Nacional Electoral ordenó a Morena abstenerse de realizar, ordenar o participar en ese tipo de actos, y no relacionarse con los programas sociales o gubernamentales; además le instruyó llevar a cabo gestiones para informar e instruir a sus militantes, el personal que labora para el partido, simpatizantes y voluntarios que realicen labores de campo en beneficio del instituto político, a que no se ostenten funjan o señalen que actúan, directa o indirectamente, en nombre de cualquier ente público o gubernamental, ni soliciten información de la credencial para votar.

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