La Sala Especializada del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) determinó que el presidente Andrés Manuel López Obrador no incurrió en promoción personalizada, vulneración al principio de imparcialidad y uso indebido de recursos durante su conferencia matutina.
➡️ Morena solicitará que Santiago Nieto comparezca por caso de García Cabeza de Vaca
Lo anterior, derivado de una queja realizada por el PRD en la que acusó la intromisión del mandatario en el proceso electoral federal en curso, al haber respondido cuestionamientos de un reportero, lo que, a consideración del partido denunciante, constituye un indebido uso de la propaganda gubernamental para emitir mensajes político-electorales.
➡️ Asesinan a candidato priista a la alcaldía de La Perla, Veracruz
En sesión pública, el pleno declaró inexistentes las infracciones al considerar que el diálogo entre el titular del ejecutivo federal y el reportero se enmarca en un ejercicio periodístico que goza de una presunción de licitud que en este caso prevalece pues existe congruencia entre la pregunta y la respuesta y sin que en el mensaje se hiciera un llamado a solicitar el voto o apoyo por determinada opción o fuerza política.
En su voto particular, la magistrada Gabriela Villafuerte Coello sostuvo que las expresiones del presidente en la mañanera de ese 23 de diciembre tuvieron matices y alusiones de tipo electoral, precisamente en el marco del proceso electivo.
➡️ Mantente informado en nuestro canal de Google Noticias
Por lo tanto, dijo que, rebasó los límites y obligaciones previstos en el artículo 134 constitucional; máxime que, por su posición, nivel y funciones como titular del ejecutivo, sus manifestaciones tienen mayor visibilidad, impacto y trascendencia en los medios de comunicación y también sobre la ciudadanía.