Por unanimidad, el Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) desechó las demandas contra el decreto presidencial en el cual se considera pertinente reducir los tiempos fiscales que el Estado ha impuesto a los concesionarios de radio y televisión.
Ello luego de que el PRD y Movimiento Ciudadano argumentaran como agravio que el decreto controvertido impacta en los tiempos que les corresponden en promocionales de radio y televisión, ya que se alteran las reglas a las que deben sujetarse los concesionarios, en relación con el tiempo de transmisión que es relativo al concepto de pago de impuesto.
En sesión pública, las magistradas y los magistrados consideraron improcedentes los juicios promovidos por los partidos políticos debido a que no comprenden un acto o determinación cuya naturaleza sea electoral.
El pleno de la Sala Superior resolvió que el decreto publicado el pasado 23 de abril en el Diario Oficial de la Federación (DOF), tiene fundamento en lo dispuesto en las leyes de la Administración Pública Federal de Comunicación Social, y el Código Fiscal de la Federación.
En este sentido, se trata de una determinación del Titular del Ejecutivo Federal en materia tributaria cuyos destinatarios son las empresas titulares de concesiones en materia de radio y televisión comercial, y no una previsión que le competa a este órgano judicial.
Cabe recordar también, que los partidos políticos y el Instituto Nacional Electoral (INE) dejarán de transmitir seis mil spots al día en radio y televisión.
Ello luego de que el Comité de radio y televisión del INE modificara las pautas para la transmisión de mensajes de partidos en dichos medios de comunicación.
El proyecto que será aprobado el próximo viernes por el Consejo General, establece que del 15 de mayo al 30 de junio, los partidos políticos perderán alrededor de 125 mil spots.