El Vigésimo Primer Tribunal Colegiado en Materia Administrativa de la Ciudad de México solicitó a la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) atraer la impugnación que el Grupo Parlamentario del PAN (GPPAN) hizo por vicios en el procedimiento de designación de la titular de la Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH), Rosario Piedra Ibarra, y confirmó la constitucionalidad de la queja.
La solicitud se realizó luego que el pasado 9 de enero el Vigésimo Primer Tribunal Colegiado en Materia Administrativa del Primer Circuito ordenó al Juzgado de Distrito revocar el desechamiento del amparo y admitirlo para resolverlo de fondo.
En su resolución el tribunal colegiado afirmó: "los temas controvertidos son de importancia para la sociedad, al estar asociados con la designación del titular de un organismo que tiene como propósito la defensa de los derechos humanos de los gobernados -CNDH-, por lo cual, este Tribunal Colegiado estima que el presente asunto reviste las características de interés y trascendencia necesarias para que el Alto Tribunal conozca del mismo".
En este sentido, el tribunal confirmó la constitucionalidad de la pretensión de los senadores del PAN de impugnar los posibles vicios en el procedimiento de designación de la ahora titular de la CNDH.
Cabe recordar que el 13 de noviembre pasado, entre jaloneos, empujones, protestas, enfrentamientos verbales y mucha polémica, María del Rosario Piedra Ibarra rindió protesta como la nueva titular de la CNDH para el periodo 2019-2023, a pesar de que horas antes se había prometido una nueva votación en el Senado.
Ante lo que calificaron como una violación a la constitución, senadores del PAN interpusieron una denuncia ante el Poder Judicial de la Federación.
Los argumentos presentados por los legisladores panistas, fueron la vulneración a diversos derechos fundamentales, la transgresión a los principios constitucionales, así como la violación a distintos artículos de la Convención Americana sobre Derechos Humanos (CADH) y la falta de aplicación de la jurisprudencia emitida por la Corte Interamericana.
En consecuencia, el tribunal solicitó a la SCJN que ejerciera su facultad de atracción, a fin de que resuelva el caso y establezca un criterio de importancia y trascendencia para el orden jurídico nacional.